* A través de un Real Decreto-ley que recoge los términos del reequilibrio económico de los contratos de gestión de servicios públicos de transporte interurbano de autobús de competencia estatal, en el período iniciado tras la finalización del primer estado de alarma.
*El sector, muy afectado durante dicho periodo, ha seguido sufriendo una demanda por debajo del 50% de la habitual en el período estival, porcentaje que se ha visto reducido en otoño y que se ha agravado por las nuevas medidas restrictivas adoptadas por las CCAA. * El objetivo final de esta medida es, por un lado, aliviar la necesidad de liquidez de los operadores para que puedan seguir prestando un servicio público esencial y, por otro lado, garantizar una red de transporte capilar que facilita la movilidad de los sectores más necesitados de la sociedad.
El Consejo de Ministros, en su reunión de hoy y a través de un Real Decreto-ley, ha aprobado los términos para llevar a cabo un nuevo reequilibrio económico de los contratos de gestión de servicios públicos de transporte regular de viajeros de uso general por carretera de competencia estatal, que ha seguido estando alterado sustancialmente tras la finalización del primer estado de alarma, como medida excepcional para garantizar la viabilidad de estos servicios que son esenciales para la movilidad de los ciudadanos.
Durante el período trascurrido desde la finalización del primer estado de alarma, la demanda de estos servicios fue recuperándose lentamente hasta alcanzar niveles del 50% respecto a la demanda del periodo equivalente de 2019. Sin embargo, durante el mes de agosto de 2020 se observó una nueva caída de demanda a niveles del 35-40% respecto al periodo equivalente del año 2019, que, lejos de repuntar, continuó estancada.
A esta situación se ha añadido la declaración de un nuevo estado de alarma que ha permitido a las Comunidades Autónomas el cierre perimetral de sus territorios, restringiendo la movilidad intercomunitaria que es típica en los contratos de titularidad de la Administración General del Estado, lo que ha supuesto una nueva caída de la demanda.
Preservar el sistema de transporte público
Dada la fragilidad económica a la que se enfrentan las empresas contratistas de servicios públicos de transporte regular de viajeros de uso general de competencia estatal, consecuencia de la afección que han venido experimentando tanto en el primer periodo de alarma como posteriormente, es necesario adoptar medidas para preservar la actividad de los operadores de este tipo de movilidad.
La finalidad de estas medidas es conseguir que, una vez superada la crisis y levantadas las restricciones a la movilidad, las empresas tengan la capacidad de garantizar la prestación de servicios y preservar el sistema de transporte público en nuestro país, ofreciendo los niveles necesarios para atender la demanda de movilidad de las personas, como condición básica de su calidad de vida y para satisfacer sus necesidades cotidianas, el acceso a los servicios públicos básicos y a otros de carácter esencial.
Para ello, se establece un procedimiento ágil para reequilibrar económicamente estos contratos y evitar al máximo las cargas administrativas y sociales adicionales que pudiera conllevar, en algunos casos, la renuncia contractual y el consecuente abandono del servicio público, incluyendo para ello incluso mecanismos de anticipo de la compensación final.
El periodo considerado para llevar a cabo el reequilibrio de los contratos será el comprendido entre la finalización del primer estado de alarma y el 30 de junio de 2021. Además, Las empresas afectadas podrán presentar la solicitud de reequilibrio de los contratos en el plazo de veinte días hábiles desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley.
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