* Tras las elecciones, asumió sus competencias Ana Isabel Jiménez, que hizo caso omiso al recurso de FACUA.
Tras la demanda interpuesta por FACUA Sevilla, el titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 9 de Sevilla ha condenado a la Diputación de Sevilla (ver sentencia) por irregularidades en la concesión de subvenciones a las asociaciones de consumidores, según difunde FACUA en su página web.
Esta misma fuente informa que "el reparto ilegal del dinero público se decidió el año pasado desde el Área que tenía al frente a la diputadaBeatriz Sánchez García -actual delegada de Urbanismo del Ayuntamiento de Marchena-, cuyas competencias de Consumo fueron asumidas tras las elecciones municipales por Ana Isabel Jiménez Contreras -actual alcaldesa de Alcalá de Guadaira-, quien hizo caso omiso al recurso administrativo interpuesto por FACUA Sevilla. El director del área, Emilio Carrillo, tampoco atendió a las peticiones planteadas por la organización. El coordinador-responsable del Servicio Provincial de Defensa de los Consumidores era Javier Guzmán y Piñero".
Ante la gravedad de las irregularidades, la asociación reclamó la intervención del presidente de la Diputación, el socialista Fernando Rodríguez Villalobos, que ni siquiera dio respuesta al escrito que le remitió, lo que llevó a FACUA Sevilla a acudir a los tribunales
El juez ha aceptado íntegramente las peticiones planteadas por FACUA Sevilla en su demanda y ha condenado en costas a la Diputación. Así, ha quedado anulada la resolución por la que se distribuyeron 54.000 euros entre tres entidades de forma absolutamente arbitraria, incumpliendo sus propias bases legales. El dinero público que fue otorgado irregularmente en octubre del año pasado tenía por objeto la puesta en marcha de puntos de información al consumidor en cerca de una treintena de localidades en 2015 y 2016.
En la sentencia, fechada el 21 de septiembre, el juez determina que "procede acoger el planteamiento anulatorio que formula la recurrente por la ausencia de motivación de la resolución impugnada. Es obligación de la Administración la motivación de los actos administrativos de conformidad con el artículo 54 de la Ley 30/1992". "En efecto", señala el auto, "la resolución no realiza valoración alguna, ni se ha realizado algún tipo de puntuación sobre los programas presentados, lo que incumple claramente las bases de la propia convocatoria, y el Reglamento para la concesión de subvenciones de la Diputación de Sevilla y la Ley General de subvenciones, por lo que debe ser anulada".
Pese a que debían otorgarse atendiendo a una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva, el magistrado pone de manifiesto que "la concesión de la subvención se limita a dividir la partida presupuestaria entre los municipios afectados y estos entre las tres organizaciones de consumidores concurrentes [FACUA Sevilla, UCA-UCE Sevilla e Hispalis] sin valorar programas presentados ni cuantías".
En el expediente administrativo de las subvenciones consta un informe remitido el pasado 30 de diciembre por la directora general del Área de Cultura y Ciudadanía a la del Área de Concertación donde se reconocía que, "interpretando estrictamente la convocatoria", lo procedente era "estimar el recurso presentado por FACUA". Sin embargo, se optó por el silencio administrativo y seguir adelante con la concesión irregular del dinero público, por lo que FACUA Sevilla devolvió íntegramente los 11.571,43 euros que le había adelantado la Diputación para el desarrollo de las actividades y acudió a los tribunales.
El citado documento que la Diputación tuvo que aportar al juzgado ponía de manifiesto incluso que las asociaciones de consumidores sólo podrían justificar los gastos derivados de las subvenciones otorgadas si cometían irregularidades. Y es que en su criterio arbitrario para la distribución de los gastos, el organismo había decidido que la atención de los puntos de información al consumidor en distintos municipios de la provincia tendría un coste superior al que las entidades habían presupuestado. "Se desconoce cómo se justificará este mayor importe concedido", señalaba el informe de la Diputación. (Fuente: FACUA).
Tras la demanda interpuesta por FACUA Sevilla, el titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 9 de Sevilla ha condenado a la Diputación de Sevilla (ver sentencia) por irregularidades en la concesión de subvenciones a las asociaciones de consumidores, según difunde FACUA en su página web.
Esta misma fuente informa que "el reparto ilegal del dinero público se decidió el año pasado desde el Área que tenía al frente a la diputadaBeatriz Sánchez García -actual delegada de Urbanismo del Ayuntamiento de Marchena-, cuyas competencias de Consumo fueron asumidas tras las elecciones municipales por Ana Isabel Jiménez Contreras -actual alcaldesa de Alcalá de Guadaira-, quien hizo caso omiso al recurso administrativo interpuesto por FACUA Sevilla. El director del área, Emilio Carrillo, tampoco atendió a las peticiones planteadas por la organización. El coordinador-responsable del Servicio Provincial de Defensa de los Consumidores era Javier Guzmán y Piñero".
Ante la gravedad de las irregularidades, la asociación reclamó la intervención del presidente de la Diputación, el socialista Fernando Rodríguez Villalobos, que ni siquiera dio respuesta al escrito que le remitió, lo que llevó a FACUA Sevilla a acudir a los tribunales
El juez ha aceptado íntegramente las peticiones planteadas por FACUA Sevilla en su demanda y ha condenado en costas a la Diputación. Así, ha quedado anulada la resolución por la que se distribuyeron 54.000 euros entre tres entidades de forma absolutamente arbitraria, incumpliendo sus propias bases legales. El dinero público que fue otorgado irregularmente en octubre del año pasado tenía por objeto la puesta en marcha de puntos de información al consumidor en cerca de una treintena de localidades en 2015 y 2016.
En la sentencia, fechada el 21 de septiembre, el juez determina que "procede acoger el planteamiento anulatorio que formula la recurrente por la ausencia de motivación de la resolución impugnada. Es obligación de la Administración la motivación de los actos administrativos de conformidad con el artículo 54 de la Ley 30/1992". "En efecto", señala el auto, "la resolución no realiza valoración alguna, ni se ha realizado algún tipo de puntuación sobre los programas presentados, lo que incumple claramente las bases de la propia convocatoria, y el Reglamento para la concesión de subvenciones de la Diputación de Sevilla y la Ley General de subvenciones, por lo que debe ser anulada".
Pese a que debían otorgarse atendiendo a una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva, el magistrado pone de manifiesto que "la concesión de la subvención se limita a dividir la partida presupuestaria entre los municipios afectados y estos entre las tres organizaciones de consumidores concurrentes [FACUA Sevilla, UCA-UCE Sevilla e Hispalis] sin valorar programas presentados ni cuantías".
En el expediente administrativo de las subvenciones consta un informe remitido el pasado 30 de diciembre por la directora general del Área de Cultura y Ciudadanía a la del Área de Concertación donde se reconocía que, "interpretando estrictamente la convocatoria", lo procedente era "estimar el recurso presentado por FACUA". Sin embargo, se optó por el silencio administrativo y seguir adelante con la concesión irregular del dinero público, por lo que FACUA Sevilla devolvió íntegramente los 11.571,43 euros que le había adelantado la Diputación para el desarrollo de las actividades y acudió a los tribunales.
El citado documento que la Diputación tuvo que aportar al juzgado ponía de manifiesto incluso que las asociaciones de consumidores sólo podrían justificar los gastos derivados de las subvenciones otorgadas si cometían irregularidades. Y es que en su criterio arbitrario para la distribución de los gastos, el organismo había decidido que la atención de los puntos de información al consumidor en distintos municipios de la provincia tendría un coste superior al que las entidades habían presupuestado. "Se desconoce cómo se justificará este mayor importe concedido", señalaba el informe de la Diputación. (Fuente: FACUA).
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