jueves, 18 de diciembre de 2014

La Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla toma conocimiento del informe de la Junta de Andalucía que aprueba el cambio de calificación de la antigua Jefatura Superior de Policía de la Gavidia para que se convierta en Centro Comercial

El Consejo de Gobierno de la Gerencia de Urbanismo ha tomado conocimiento de la Orden de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, emitida el pasado 6 de noviembre, conforme a la cual dicha Consejería aprueba definitivamente el apartado 02_17 del expediente de Modificación Puntual nº 2 del Texto Refundido del PGOU, que plantea el cambio de calificación de la antigua Comisaría de la Gavidia y, de las dependencias municipales en calle Pajaritos 14 y del Mercado del Arenal. Dicho cambio de calificación consiste en sustituir el uso de Sistema General de Equipamiento que ostenta el edificio en la actualidad, por el de Gran Superficie Comercial. Este cambio de uso se compensaría con el cambio de calificación de las dependencias municipales sitas en C/ Pajaritos 14 y Mercado del Arenal, de Residencial Centro Histórico (C.H.) a S.I.P.S. Socio-Cultural, Sistema General.
En relación a esta modificación puntual del PGOU, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio resuelve su aprobación definitiva, si bien establece que deberán subsanarse unas deficiencias señaladas por las Direcciones Generales de Comercio y, de Bienes Culturales e Instituciones Museísticas, en sendos informes emitidos el 10 y el 4 de abril de 2013, respectivamente. En cumplimiento de esta exigencia, la Gerencia de Urbanismo ha elaborado ya la documentación para la subsanación de estas deficiencias, que será conocida por el próximo Pleno Municipal y posteriormente remitida a la Dirección General de Comercio y a la Secretaría General de Cultura, a fin de obtener informe de verificación.
Junto con esta aprobación, la citada Consejería dictamina también aprobar definitivamente las modificaciones 02_02, 02_03 y 02_014 (igualmente del expediente de modificación 02 del TR del PGOU), referidas respectivamente a la modificación del artículo 1.1.13 de las Normas Urbanísticas en los edificios y usos fuera de ordenación al objeto de adaptarlo a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, a la implantación de un apeadero ferroviario en parcela dotacional al norte de la Barriada de San Jerónimo y, a la sustitución del Equipamiento Educativo por Espacio Libre en el Prado de San Sebastián, en acatamiento de Sentencia.
Por el contrario, la Consejería ha denegado la aprobación definitiva del apartado 02_01 del referido expediente de modificación puntual, que plantea la modificación del artículo 6.5.35 de las Normas Urbanísticas en relación a los aparcamientos en el recinto intramuros del Conjunto Histórico, aludiendo que la modificación contradice el modelo adoptado por el Texto Refundido del PGOU relativo a la propuesta de accesibilidad al Centro Histórico.
Asismismo, dicha Consejería suspende también la aprobación definitiva del apartado 02_07, tramitada para cambiar la calificación de parcelas en calle Muro de los Navarros, de S.I.P.S. a Residencial (planteado al no estar éstas incluidas en el Proyecto de Rehabilitación de la Junta de Andalucía para el Convento Santa María de los Reyes). Esta negativa se produce al entender la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio que al quedar desafectados del destino público los suelos objeto de esta modificación, deberán contemplarse unas medidas compensatorias.
Una vez conocido y analizado el contenido de este informe, la Gerencia de Urbanismo ha dado cuenta de su contenido, en los términos comentados anteriormente, a su Consejo de Gobierno. Conforme a este pronunciamiento de la Junta de Andalucía, este Organismo actuará en consecuencia a partir de este momento. (Fuente: GUAS).

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