martes, 2 de septiembre de 2014

La Asociación "Acontramano" analiza la nueva Ordenanza de Circulación de la Ciudad de Sevilla

La Asociación "Acontramano"  ha difundido el siguiente texto informativo: 

- ¿Como afecta la nueva ordenanza de circulación a los ciclistas?
La nueva Ordenanza de Circulación de la Ciudad de Sevilla apareció este verano en el no. 189 del Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. A lo largo de las sucesivas bicinoticias iremos analizando su impacto sobre la movilidad de los ciclistas, de los peatones y otros aspectos de interés para nosotros. Empezamos por analizar su impacto sobre la movilidad ciclista.
Respecto de la movilidad ciclista la Ordenanza ofrece pocas novedades de fondo respecto de la anterior Ordenanza de Circulación de Ciclistas y Peatones: La circulación por las vías ciclistas sigue siendo obligatoria allí donde las haya. Y se mantienen los itinerarios compartidos con los peatones, como el de la Avenida de la Constitución, por donde se debe circular dando preferencia al peatón y a una velocidad moderada.
La circulación de bicicletas por aceras y zonas peatonales queda prácticamente igual que estaba, siendo posible siempre que exista anchura suficiente (5 metros), no haya aglomeración peatonal, se respete la prioridad del peatón y se circule a velocidad "moderada y adecuada a la densidad peatonal".
El aparcamiento de bicicletas se debe realizar en los aparcabicis, pero si están llenos se puede aparcar utilizando el mobiliario urbano, siempre que no se moleste al transito de peatones y automóviles.
Asimismo queda prácticamente igual el apartado que obliga a reponer las vías ciclistas afectadas por las obras de cualquier tipo y se introduce la obligación de incluir itinerarios alternativos "siempre que ello sea posible".
Se mantiene el registro voluntario de bicicletas en términos muy parecidos a los de la anterior Ordenanza.
En cuanto a las novedades, una positiva y otra negativa:
- La positiva: Se establece explícitamente que "En las vías o zonas que se hayan señalizado específicamente con un límite de velocidad máxima de 30 km/h, o inferior y al objeto de facilitar la coexistencia de bicicletas y vehículos motorizados, estos últimos habrán de adaptar su velocidad a la de la bicicleta." (Art. 46).
- La negativa: Se reduce a 15 km/h la velocidad máxima para circular por las vías ciclistas de cualquier tipo (antes era 20 km/h). Esta medida, junto con la prohibición de circular fuera del carril-bici allí donde lo haya, implica limitar la velocidad de los ciclistas a 15 km/h en todas las avenidas de Sevilla (curiosamente, donde no haya vía ciclista, se podrá ir mas rápido). Como dijimos en nuestras alegaciones a la Ordenanza, es una medida absurda, imposible de aplicar y que solo sirve para discriminar a los ciclistas frente a los conductores de vehículos a motor que pueden, por ejemplo, circular a 20 km/h por las calles de prioridad peatonal (?!).

* PULSAR PARA VER TEXTO COMPLETO DE LA ORDENANZA: Y LAS ALEGACIONES DE LA ASOCIACIÓN "ACONTRAMANO":

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