El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto-ley de Medidas
Fiscales, Administrativas y Laborales para el Reequilibrio Económico-Financiero
de la Junta de Andalucía. Este texto recoge el plan que la Administración
autonómica llevará a cabo para dar cumplimiento al objetivo de déficit en 2012,
fijado en el 1,5% del Producto Interior Bruto.
En relación con el plan inicialmente diseñado, la norma introduce
novedades en el ámbito del personal, con el compromiso de mantener el máximo
empleo público posible y la garantía de que ningún empleado público percibirá una
retribución inferior a los 1.000 euros por jornada completa como consecuencia de
la aplicación del Decreto-ley.
Asimismo, se reconoce expresamente que las medidas en materia de
personal tienen carácter excepcional y temporal, esto es, estarán vigentes
únicamente durante los ejercicios 2012 y 2013, siempre que los ingresos de la
comunidad recobren vías de normalidad y que la reducción del déficit público
estructural y la minoración de la deuda pública posibiliten la garantía de
estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad financiera.
Respecto a las retribuciones, se fija en un 7,5%, en lugar del 5%
inicialmente previsto, la reducción de los sueldos de los altos cargos de la
Junta (presidente y consejeros y asimilados). También se modifica la reducción
de jornada y bajada proporcional de retribuciones del personal temporal al
servicio del sector público andaluz, que será del 10% frente al 15% anunciado
anteriormente.
El Decreto-ley plantea el doble objetivo de aumentar los ingresos en
1.000 millones de euros y reducir el gasto de la Administración autonómica en
2.500. Se compensarán así los 3.500 millones que Andalucía dejará de recibir
debido a las políticas de recortes impuestas por el Gobierno central y a las
menores transferencias de los Presupuestos Generales del Estado. Las medidas
aprobadas, que se desarrollarán hasta finales de 2013, afectan a todos los
capítulos del Presupuesto autonómico vigente, tanto en la vertiente de ingresos
como en la de gastos. Además, recogen las que el Gobierno central ha señalado de
obligado cumplimiento por parte de las comunidades autónomas. Para hacer frente
a esta exigencia, la Junta parte de principios básicos como preservar el sistema
educativo público; no contribuir a la destrucción de empleo, y pedir un esfuerzo
temporal y solidario del conjunto de empleados públicos, proveedores y
organizaciones sindicales y empresariales. Respecto al primero de estos
principios, destaca la decisión de no incrementar la ratio de alumnos por
aula.
En el capítulo de ingresos, el Decreto-ley modifica los últimos
tramos de la tarifa autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas (IRPF), que pasa al 23,5% en el caso de rentas entre 60.000 y 120.000
euros, y al 25,5% para rentas superiores a 120.000 euros.
Asimismo, se multiplica por 1,10 la tarifa actual del Impuesto de
Patrimonio, y por dos el tipo de gravamen autonómico del Impuesto sobre las
Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos hasta agotar la banda máxima
permitida, exceptuando el gasóleo de uso agrícola. Otras medidas en esta línea
son la subida del tipo de gravamen general de Actos Jurídicos Documentados (del
1,2% al 1,5%) y el aumento de la tasa fiscal sobre el juego en la tarifa para
máquinas de azar y recreativas con premio.
Reducción del gasto
Respecto a la revisión de los capítulos de gasto, en materia de
personal destaca la reducción de altos cargos derivada del menor número de
consejerías, secretarías generales, direcciones generales y delegaciones
provinciales tras la reestrucuturación de la Administración autonómica, así como
la suspensión de la equiparación retributiva de los altos cargos andaluces con
sus homólogos de la Administración General del Estado. En Andalucía bajarán en
un 7,5% las retribuciones del presidente de la Junta y los consejeros del
Consejo de Gobierno; un 6,5% las de viceconsejeros y asimilados, y un 6% las de
delegados provinciales y directores generales.
En aplicación de la normativa básica estatal, se aumenta a 37,5
horas la jornada laboral de los empleados públicos de la Junta, con carácter
flexible. El personal funcionario fijo y laboral fijo podrá sustituir este
aumento por una disminución proporcional en sus retribuciones. Además, se
suspenden las horas extraodinarias y las gratificaciones salvo casos
excepcionales que deberán ser autorizadas por la Consejería de Hacienda y
Administración Pública. La realización de servicios fuera del horario habitual
se compensará con tiempo de descanso. Asimismo, se reduce en un 10% la jornada
del personal funcionario interino y del laboral temporal.
En materia retributiva, el Decreto-ley garantiza que la aplicación
de sus medidas en en ningún caso podrá suponer una retribución mensual inferior
a 1.000 euros. Para el personal funcionario de carrera e interino y el personal
eventual se reducen hasta el 1% los complementos específicos de las pagas
extraordinarias de los meses de junio y diciembre. La cantidad que se abone por
este concepto se descontará, prorrateándose, del complemento específico de las
retribuciones mensuales. De igual modo disminuyen en un 10% las percepciones
vinculadas a las retribuciones de carácter variable (productividad, incentivos
al rendimiento y consecución de objetivos).
En el caso del personal laboral, se reducen las retribuciones en una
cuantía equivalente a la suma de las pagas adicionales del complemento de
convenio y del complemento de puesto de trabajo, correspondiente a los meses de
junio y diciembre.
El personal docente de la enseñanza pública no universitaria y del
Servicio Andaluz de Salud también verá reducidas sus retribuciones en una
cuantía equivalente a la suma de estas pagas adicionales. En el ámbito de la
educación, este conjunto de medidas también será de aplicación al profesorado de
los centros docentes privados sostenidos con fondos públicos.
Por su parte, los funcionarios al servicio de la Administración de
Justicia experimentarán una reducción del 5% de sus retribuciones periódicas
brutas anuales, que se efectuará prorrateada en las retribuciones mensuales con
cargo al complemento provisional específico.
Respecto a las entidades instrumentales y los consoicios, se
establece una reducción del 5% de la masa salarial, que será definida en el
plazo de un mes en el ámbito de la negociación colectiva. Al personal directivo
le será de aplicación el mismo régimen de retribuciones que a los consejeros de
la Junta.
Se suspenden las jubilaciones anticipadas y las ofertas públicas de
empleo, con la salvedad de aquellas cuyas convocatorias ya han sido publicadas.
De igual modo, se suspende la concesión de subvenciones a organizaciones
sindicales para la financiación de gastos corrientes. Otras medidas recogidas
son la suspensión de la convocatoria y concesión de ayudas de acción social y de
la jubilación anticipada.
El Decreto-ley da un nuevo impulso a las medidas de eficiencia y
ahorro que viene desarrollando la Junta de forma compatible con el mantenimiento
de la calidad de los servicios. En este capítulo se plantea una disminución
adicional del 10% del gasto operativo en bienes y servicios de la Administración
pública, a través de medidas como la reducción del 50% de la flota de vehículos
de altos cargos; la eliminación de la partida de protocolo para altos cargos y
personal directivo de los entes instrumentales (salvo presidente y consejeros),
y las bajadas de un 50% adicional en las partidas de información, divulgación y
publicidad y reuniones, conferencias y cursos, y de un 15% adicional en
arrendamiento y en indemnizaciones por locomoción, traslado y dietas.
En el ámbito del gasto sanitario, las medidas aprobadas consolidan
el programa de plataformas centralizadas de compra, con el que se espera un
ahorro de 100 millones de euros anuales. Además, se prevé un ahorro anual de 190
millones de euros derivado de las recientes medidas adoptadas por el Gobierno
central: 166 millones por la nueva aportación de los beneficiarios en la
prestación farmacéutica y 24 millones por la aportación en las prestaciones
básicas de la cartera suplementaria.
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