* La norma tiene el objetivo de adaptar el reglamento de los IMLCF a los cambios producidos en la Administración de Justicia, la sociedad, las ciencias forenses y a los cambios normativos.
* La ministra de Justicia ha señalado que este RD “va a dotar a las estructuras de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forense de una mayor flexibilidad”.
* Pilar Llop también ha señalado que el RD “es un avance” respecto a la regulación anterior, ya que “se alinea con el compromiso que tiene este Gobierno en proteger a las víctimas”.
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del Ministerio de Justicia, que dirige Pilar Llop, el Real Decreto (RD) por el que se aprueba el Reglamento de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IMLCF).
Esta nueva norma tiene el objetivo de cumplir lo previsto en el artículo 479 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), adaptando el reglamento de los IMLCF a los cambios producidos en la Administración de Justicia, la sociedad, las ciencias forenses y a los cambios normativos.
La ministra de Justicia ha señalado que este RD “va a dotar a las estructuras de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forense de una mayor flexibilidad, que va a permitir dar una respuesta adecuada a todos los retos, independientemente de sus dimensiones”.
Entre los avances que recoge la norma están regular las Unidades de Valoración Forense Integral (UVFI), creadas por la disposición adicional 2ª de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género; así como reflejar y reforzar el carácter multidisciplinar de los IMLCF.
El nuevo reglamento también permite avanzar en la implantación de la calidad en los procesos y en la pericia, colocando a las víctimas en el centro. En este sentido, Llop ha señalado que este “es un avance” respecto a la regulación anterior, ya que “se alinea con el compromiso que tiene este Gobierno en proteger a las víctimas”.
El RD también favorece la proyección social y sanitaria de los IMLCF, incorporando las funciones extrajudiciales de la reforma de la LOPJ operada por la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, y el Real Decreto 1148/2015, de 18 de diciembre; así como recoger la acreditación como unidades docentes para la formación sanitaria especializada.
Además, el nuevo reglamento fomenta la promoción profesional de su personal mediante la creación de nuevas figuras, como la de coordinación de Institutos y de jefatura de área, así como la de jefatura de estudios y de tutor.
Finalmente, cabe destacar que la norma refuerza la participación y colaboración en la transformación digital de la Justicia mejorando y digitalizando los procesos, y fomentando, en la medida de lo posible, la inmediación digital con el fin de dar un mejor servicio a la ciudadanía.
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