* Se aprueba una moratoria de un año en la obligación de edificar prevista en el registro de solares sólo para aquellos ubicados fuera del conjunto histórico
El Ayuntamiento de Sevilla, a través del Consejo de la Gerencia de Urbanismo, ha aprobado hoy el nuevo plan estratégico de la bicicleta 2017-2020, la revisión de la ordenanza reguladora de obras y actividad para agilizar todos los trámites en relación con la concesión de licencias y la presentación de declaraciones responsables y una moratoria de un año para los solares ubicados fuera del conjunto histórico en la obligatoriedad de edificar de acuerdo con la ordenanza del registro de solares. Todas estas iniciativas, que han contado con un respaldo mayoritario en el Consejo de la Gerencia, serán remitidos al próximo Pleno municipal para su aprobación.
El Consejo de Urbanismo, de esta forma, ha aprobado el Plan estratégico de la bicicleta que establece las líneas a seguir para reforzar este medio de transporte e incentivar su uso en la ciudad, con el propósito de que los desplazamientos en bici aumenten hasta representar el 15 por ciento del total de la movilidad en la ciudad frente al 8% actual. El plan prevé una inversión global de 8,7 millones de euros hasta el año 2020, de los cuales 2,6 millones se invertirán en el bienio 2017-2018 y, 6 millones se invertirán en los siguientes años 2019-2020.
Las acciones a las que se dirigirá esta inversión tendrán como objetivos principales completar y mejorar la red ciclista, apostar por los aparcamientos intermodales en los principales puntos, establecer una red de aparcamientos en la ciudad, poner en marcha programas de fomento de la bicicleta, mejorar el servicio público de bicis, mejorar el registro de bicis y, modificar las ordenanzas. De manera más concreta, este esfuerzo inversor en estos primeros dos años se traducirá en la ampliación de la red de carriles bici en 7,5 nuevos kilómetros de los cuales 1,2 km ya se han ejecutado este año y 2,3 km cuentan con proyectos en licitación, mejorar la conservación de los carriles ya existentes a través de un nuevo y reforzado contrato de mantenimiento y, poner en marcha el proyecto de bici estación previsto en la estación de trenes de San Bernardo.
“Hemos conseguido por unanimidad aprobar un documento que ha superado un amplio proceso de participación y que debe servir como impulso a las políticas públicas relacionadas con la bicicleta durante los próximos años no sólo en cuanto a la ampliación y mejora de los carriles bici, sino también a la innovación, la intermodalidad y el fomento de su uso”, explicó el delegado de Hábitat Urbano, Turismo y Cultura, Antonio Muñoz.
OROA
Por otro lado, el Consejo de la Gerencia de Urbanismo ha dado luz verde también a la aprobación definitiva de un nuevo texto modificado de la Ordenanza Reguladora de Obras y Actividades, en el que se han introducido una serie de consideraciones en aras a lograr una mayor simplificación de la tramitación administrativa que repercuta en una agilización de los procedimientos para poder poner en marcha una nueva actividad en Sevilla.
En este sentido, durante los cuatro años transcurridos desde la aprobación de la actual ordenanza, se ha comprobado la conveniencia de llevar a cabo algunos cambios en el texto normativo para lograr, entre otras mejoras, una mejor regulación de las actividades económicas, evitar duplicidades o, simplificar procedimientos complejos. Estos cambios fueron dados a conocer previamente a su aprobación inicial a los colegios profesionales y a la patronal de la construcción en Sevilla (GAESCO), incorporándose las consideraciones realizadas desde estas entidades al texto. Asimismo, el texto normativo fue sometido también para su valoración al Consejo Económico y Social de Sevilla, que valoró positivamente el mismo.
En concreto, los cambios más sustantivos introducidos han sido:
1. La ampliación de los supuestos de actividades excluidas de la obligación de obtener licencia de actividad o declaración responsable, tales como oficinas y despachos empresariales que no superen los 100 m2.
2. La mejor definición de los conceptos de licencia de obras e instalación, licencia de actividad, licencia de ocupación, licencia de utilización, licencias ocasionales y Declaración Responsable.
3. La relación de nuevas actividades que se excluyen de licencias de actividad, como ciertos hoteles, centros sanitarios que no precisen hospitalización, centros educativos privados de superficie útil inferior a 750,00 m², ópticas o farmacias. Para la implantación de esta actividad bastará con una Declaración Responsable.
4. La no exigencia de licencia urbanística para obras que también estén sujetas a licencia de actividad, de forma que para poder realizar la obra sea suficiente una Declaración Responsable.
5. La redistribución de las competencias en materia de revisión documental y emisión de informes en la Delegación de Habitad Urbano, Cultura y Turismo.
6. La consideración de la calificación ambiental en el procedimiento de otorgamiento de licencia de forma más racional, de manera que dicha calificación esté resuelta en el inicio de la actividad y no en la ejecución de las obras, no paralizando de este modo el inicio de los trabajos.
7. La exigencia de licencia de ocupación y utilización en los supuestos de cambios de uso, únicamente cuando se trate de cambios de usos globales de edificios y establecimientos conforme al art. 6.1.2 del P.G.O.U.
8. La simplificación del concepto de modificación sustancial de actividades, reduciéndose las exigencias y tramitaciones en Medio Ambiente tras la aprobación de cualquier licencia de obras.
9. Una mayor precisión y ordenación del régimen sancionador en materia de actividad.
Durante el trámite de información pública del documento modificado, se han recibido un total de 210 alegaciones por parte de las siguientes entidades. De la totalidad de alegaciones presentadas al texto, 92 han sido rechazadas y 79 han sido admitidas, tratándose en los casos restantes de aclaraciones y tomas de conocimiento.
“Se ha vuelto a constatar el enorme interés y la importancia de este proceso y la apuesta clara del gobierno de la ciudad por escuchar y atender demandas y peticiones de todos los colectivos, instituciones o grupos políticos”, apuntó Antonio Muñoz.
REGISTRO DE SOLARES
En otro orden de cosas, el Consejo ha resuelto también aprobar una prórroga de un año en el plazo actual que los propietarios de solares fuera del Centro Histórico y que se encuentran incluidos en el Registro Municipal de Solares, tienen para edificar.
Esta decisión, aplicable para únicamente para suelos que no están en el Conjunto Histórico declarado, se adopta tras comprobar que la salida a venta forzosa que establece la Ordenanza municipal para aquellos solares que tras contabilizar un año en el Registro Municipal no iniciaran trámite alguno para su edificación, no da lugar por lo general a la venta de ellos. Esto es, los concursos iniciados para la venta de estos solares quedan en su gran mayoría desiertos, tal y como se desprende del dato de que de 50 concursos celebrados para la sustitución del propietario incumplidor desde el año 2015 hasta la fecha, han sido declarados desiertos 44. Ello pone de manifiesto de este modo la inexistencia en el mercado de una verdadera demanda de solares en estos sectores fuera del Conjunto Histórico. Por el contrario, sí se puede certificar un repunte inmobiliario en el Conjunto Histórico, ámbito donde se han obtenido buenos resultados globales en los procedimientos de venta forzosa iniciados desde 2015 hasta la fecha (13 concursos celebrados de los que en doce de ellos se han adjudicado los solares que salían a venta forzosa).
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