* Los empresarios cuestionan que, desoyendo el Dictamen del CESS, se incluya un asunto tan controvertido como “las licencias condicionadas”
La Confederación de Empresarios de Sevilla ha presentado Alegaciones a la ordenanza Reguladora de Obras y Actividades en aquellos apartados que inciden negativamente en los intereses generales del ciudadano y, especialmente, en los de los empresarios, informa la CES.
En concreto - indica la citada fuente--, las Alegaciones de la CES hacen hincapié en el contenido del artículo 19 de esta Ordenanza, relativo a “Licencias condicionadas” reiterando, como también lo hizo el Dictamen del Consejo Económico y Social, que este texto debe eliminarse y que no debe incluirse ninguna mención a limitaciones de actividad durante la Semana Santa, entendiendo, si cabe, que esa regulación debería de realizarse en otra norma y consensuarse con los agentes económicos implicados.
Este artículo recoge que “en las actividades que presenten fachada a la Carrera Oficial de Semana Santa, tanto legalizados mediante licencia como declaración responsable, el ejercicio de la actividad podrá regularse motivadamente durante dicho periodo en las horas o con las condiciones que se indiquen”
Para la CES esta redacción provoca inseguridad jurídica a los empresarios que pueden ver incluso suspendida su actividad, si así lo acuerdan, ya que aunque no aparezca expresamente, la intención original es poder llegar a hacerlo.
Como ya en su momento se expuso, los empresarios sevillanos valoraron positivamente determinadas modificaciones que se han introducido en la norma con el fin es facilitar al ciudadano determinados trámites, tanto para la actividad de construcción, edificación y uso del suelo, como para la puesta en funcionamiento de establecimientos y actividades en el término municipal de Sevilla.
Pero si realmente se quiere beneficiar al administrado, la CES pide al Ayuntamiento que, siguiendo las declaraciones del delegado de Urbanismo, haga efectivo cuanto antes la unificación y coordinación del trabajo de los técnicos de Urbanismo y de Medio Ambiente, con el fin de agilizar la respuesta de la administración en una materia fundamental para el tejido productivo de la Ciudad.
Con ello se evitarían duplicidades, se acortarían los plazos y permitiría que la Administración avance hacia una gestión eficaz y eficiente que facilite la realización de trámites por parte de los ciudadanos.
Del mismo modo y en base al texto del artículo 12 relativo a “Consultas previas” --finaliza la información difundida por la Confederación de Empresarios--, la CES considera que se produce una gran inseguridad jurídica, al establecer este texto que las respuestas a las consultas solo tienen valor informativo, sin diferenciar las distintas consultas que pueden realizarse, incluso los informes y cédulas urbanísticas y, sobre todo, teniendo en cuenta que para realizarlas se ha tenido que pagar la tasa correspondiente y se ha debido aportar toda documentación que consideren o requieran los funcionarios. (Foto: CES).
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