viernes, 26 de enero de 2018

El Ayuntamiento de Sevilla aprueba en el Pleno Municipal un amplio régimen de permisos y reducciones de jornada para favorecer la conciliación familiar de la plantilla acordado por unanimidad con los sindicatos

* El gobierno ofrecerá una propuesta de jubilación parcial al 50% a partir de los 61 años tras tumbar la Intervención Municipal el sistema implantado hasta ahora en el Ayuntamiento, que establecía este porcentaje en un 75%

El Pleno del Ayuntamiento de Sevilla ha aprobado hoy por unanimidad el acuerdo alcanzado entre el Gobierno de la ciudad y los representantes de todas las Secciones Sindicales para establecer un nuevo acuerdo de permisos y licencias aplicables al personal municipal que se sitúa entre los más avanzados de las Administraciones Públicas, con distintas medidas especialmente diseñadas para favorecer la conciliación familiar de la plantilla del Ayuntamiento de Sevilla. Para favorecer su aplicación, dado que muchas medidas contemplan reducciones horarias en las jornadas de trabajo, se está avanzando en la implantación de un sistema de control de los accesos y salidas.
El Acuerdo establece medidas para favorecer la conciliación familiar tales como una reducción de una hora diaria por lactancia o cuidado de cada hijo o hija menor de 16 meses que podrá ser sustituido por un permiso retribuido por el tiempo acumulado en las distintas reducciones de jornada. Asimismo, se establecen medidas para facilitar la conciliación a personas que tengan a cargo menores de 12 años o personas mayores que requieran especial dedicación, y se regulan los permisos para acompañar a familiares a pruebas médicas o ante situaciones de enfermedades graves. Se establece un permiso retribuido para las empleadas en estado de gestación desde la semana 37 de embarazo.
Del mismo modo, y tal y como se ha acordado con los representantes sindicales, el acuerdo establece distintas medidas para favorecer la formación profesional de los trabajadores así como para facilitar la preparación de pruebas de promoción y selección convocadas por el Ayuntamiento de Sevilla.
En cuanto a los permisos de asuntos propios, el acuerdo establece hasta seis días laborables por cada año natural en proporción al tiempo trabajado así como dos días adicionales al cumplir el sexto trienio incrementándose en un día adicional por cada trienio a partir del octavo.
“Es un acuerdo importante, que demuestra que, aunque siempre quedan cosas pendientes en las relaciones laborales, se está avanzando en cuestiones que consideramos importantes como son las condiciones de trabajo de la plantilla. Seguiremos avanzando todos teniendo presente en todo momento que somos servidores públicos y que un mejor Servicio Público se consigue con más y mejor empleo público, y lo haremos pese a las dificultades que tiene el marco legal establecido por el Ministerio de Hacienda”, ha explicado el alcalde de Sevilla, Juan Espadas.

El acuerdo aprobado establece los siguientes permisos:
a) Por traslado de domicilio. De dos a cuatro días en función de la localización.
b) Por razones familiares:
· por matrimonio o inscripción como pareja de hecho: 25 días.
· por matrimonio de familiares: un día ampliable si es fuera de la provincia.
· por fallecimiento: de uno a cinco días en función del grado de consanguineidad ampliable si es fuera de la provincia
· por accidente o enfermedad grave de tres a cinco días en función del grado de consanguineidad ampliable si es fuera de la provincia.
· por enfermedad menores de 12 años: tres días
· para pruebas previas al parto: el tiempo de duración de la prueba.
· por lactancia o cuidado menor de 16 meses: una hora diaria.
· por nacimiento hijo prematuro o hospitalización: dos horas diarias.
· por tener a cargo persona que requiera especial atención: reducción de un tercio o la mitad de la jornada.
· por cuidado de cónyuge o pareja de hecho: Reducción hasta el 50%.
· en caso de fallecimiento de cónyuge: 30 días.
· en caso de reincorporación tras tratamiento radioterapia: Adaptación progresiva jornada.
c) Por razones de formación:
· para preparación de exámenes: dos días hábiles por asignatura
· para preparación de pruebas de promoción y selección convocadas por el Ayuntamiento: cinco días al año.
· para realización de exámenes: un día por asignatura.
Otros permisos para conciliación vida familiar y laboral:
a. Por deberes inexcusables de carácter público o personal
b. Por deber relacionado con la conciliación de la vida familiar y personales.
c. Seis días laborales por cada año natural ampliable en dos días a partir del sexto trienio de antigüedad.
d. Permiso retribuido para empleadas en estado de gestación desde el día primero de la semana 37 de embarazo.
e. Permiso por adopción o acogimiento de 16 semanas
f. Permiso de paternidad por nacimiento o adopción: cuatro semanas.
g. Permiso por interrupción voluntaria del embarazo: tres días
h. Permiso por razón de violencia de género: Todas las faltas de asistencia por este motivo se considerarán justificadas.
i. Por cuidado de menor afectado por cáncer o enfermedad terminal: reducción de la jornada a la mitad
Además, en el marco de estas negociaciones, el Gobierno de la ciudad está ultimando una propuesta a los sindicatos para buscar una solución que posibilite la jubilación parcial de los trabajadores incluidos en el plan de jubilación parcial 2013-2018, en similares condiciones a las que venían disfrutando con el fin de poder solventar el reparo formulado por la Intervención Municipal.

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