lunes, 26 de enero de 2015

El Ayuntamiento de Sevilla recuerda que aún está abierto el plazo para solicitar las bonificaciones recogidas en las Ordenanzas Fiscales

“Para este Gobierno Municipal ha sido una prioridad la bajada de la presión fiscal que soportan los sevillanos y situar en este sentido a Sevilla en la media de las capitales de provincia españolas”, ha destacado la delegada de Hacienda y Administración Pública, Asunción Fley.
De ahí que, “desde el inicio del mandato, y a pesar de la situación económico-financiera que presentaba la Hacienda Municipal, así como de la necesidad de asegurar la sostenibilidad financiera del Ayuntamiento, se iniciara, a instancias del Alcalde, una política fiscal basada: en primer lugar, en la bajada de Impuestos y Tasas. Y, en segundo lugar, en la ampliación de beneficios dentro del marco que permite la Ley, para crear el clima propicio que coadyuve al fomento de la actividad económica y a la ayuda de las familias”.
En este sentido, “Sevilla se ha posicionado como uno de los municipios con un mayor catálogo de dichas ventajas fiscales”, ha explicado Fley. Del mismo modo, la delegada de Hacienda y Administración Pública ha recordado que “muchas de las exenciones y bonificaciones se incorporan a los padrones y matrículas de impuestos de oficio por parte de la Agencia Tributaria de Sevilla. Pero, otras, han de ser solicitadas por los afectados de forma directa”.
Las exenciones y bonificaciones vigentes están recogidas en las correspondientes Ordenanzas Fiscales, publicadas en el BOP, y recogidas en la página web municipal (www.sevilla.org ), por lo que son de público conocimiento.
No obstante, y en aras de que puedan acogerse a estos beneficios fiscales el mayor número de sevillanos posible, es decir, con objeto de que se beneficien al mayor número de familias y empresas de la ciudad de las ayudas fiscales existentes, el Ayuntamiento quiere recordar la relación de exenciones y bonificaciones que han de solicitarse a instancia de parte y cuyo plazo finaliza en los próximos días:

* Impuesto de Actividades Económicas:
- Bonificación Energías Renovables y Plan de Transporte: hasta el 15 de marzo
- Bonificación para el Fomento del Empleo: Hasta el 15 de marzo
- Bonificación por el Incremento del Promedio de Plantilla: Hasta el 15 de marzo

* IBI:
- Bonificación Familia Numerosa: Hasta el 1 de marzo
- Bonificación por instalación de sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de energía solar en viviendas: hasta el 1 de marzo
- Bonificación para Organismos Públicos de Investigación y de Enseñanza Universitaria: Con anterioridad al 1 de marzo
- Bonificación para el Fomento del Empleo: Con anterioridad al 31 de enero

* Tasa de Basuras:
- Bonificación por la utilización de bolsas biodegradables: Con anterioridad al 31 de enero
- Bonificación por desocupación del local: Hasta el 15 de febrero

* Tasa de Entrada de Vehículos:
- Bonificación por realización de obras públicas: Hasta el 31 de mayo.

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