miércoles, 29 de abril de 2020

Mitma facilita el relevo de las tripulaciones en buques de pesca y de mercancías

* Establece, mediante una Orden publicada hoy en el BOE, los documentos que deben poseer los trabajadores del mar para circular por territorio español en el proceso de embarque o desembarque en un buque que se encuentre en puerto español o extranjero o de regreso a sus lugares de residencia, dentro o fuera del país, cuando finalice su etapa laboral.
* Se facilita así al máximo la justificación de su situación, incluyendo también una disposición para consolidar su acceso a los alojamientos turísticos considerados como servicio esencial existentes en España, con objeto de que puedan usarlos en sus desplazamientos a los puertos.

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) ha establecido hoy, mediante una Orden publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la documentación con la que podrán acreditar su condición los tripulantes de los buques para facilitar su circulación, a fin de asegurar la prestación de los servicios de transporte marítimo, con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Dentro del ámbito marítimo, uno de los principales objetivos de Mitma ha sido el facilitar el desplazamiento y los relevos de las tripulaciones de los buques que, por sus características, permanecen durante largos períodos de tiempo en el mar.
De esta manera, se ha venido trabajando para que los tripulantes debidamente acreditados puedan cruzar fronteras y circular por el territorio español para asegurar la prestación de los servicios de transporte marítimo, que están considerados esenciales durante el estado de alarma, tal y como recoge, por ejemplo, la normativa del Ministerio del Interior que excepciona a estos trabajadores de las limitaciones para el cruce de fronteras de nuestro país.
En esta misma línea, se ha venido trabajando a nivel internacional, con objeto de que este mismo objetivo se consiga en el resto de países, impulsando la aprobación por parte de la Comisión Europea de sus directrices relacionadas con la circulación de trabajadores del transporte marítimo, o las recomendaciones de la Organización Marítima Internacional (OMI).
La Orden Ministerial, promovida por la Dirección General de la Marina Mercante, responde a la necesidad de facilitar al máximo el relevo de los marinos en los buques en los que operan y se cumplan así las regulaciones internacionales y nacionales vigentes en cuanto al número de horas de trabajo y el bienestar de la tripulación de buques. Según las estimaciones oficiales, en torno a 100.000 trabajadores del mar en todo el mundo tienen que hacer relevos cada mes.
También se consolida la posibilidad de que de los tripulantes de buques usen los alojamientos turísticos de servicio esencial dispersos por todo el territorio para descansar mientras se desplazan a puerto, como trabajadores del sector del transporte.

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