jueves, 23 de septiembre de 2021

El Pleno del Ayuntamiento de Sevilla aprueba de forma definitiva la modificación del PGOU para evitar la instalación de gasolineras en la ciudad a menos de 50 metros de un edificio residencial o equipamiento

* Hasta ahora, el PGOU establecía esta distancia en parcelas calificadas como estaciones de servicios y en concesiones de puntos de servicio, sin embargo habilitaba la posibilidad de poner puntos de suministro asociados a otros proyectos sin distancia mínima

El Pleno del Ayuntamiento de Sevilla ha aprobado hoy sin ningún voto en contra la propuesta de modificación del PGOU para evitar la instalación de los puntos de suministros de estaciones de servicio a menos de 50 metros de edificaciones existentes o de parcelas previstas en el planeamiento para usos de residentes o dotacionales. Esta iniciativa, que se empezó a tramitar el pasado mes de febrero, se aprobó en el Consejo de la Gerencia de Urbanismo la pasada semana y hoy se ha aprobado de forma definitiva después de que no se haya registrado ni una sola alegación al documento elaborado por los servicios técnicos de Urbanismo.
“Hemos hecho lo que podíamos hacer dentro de las limitaciones que establece la normativa y con todas las garantías legales en este proceso de modificación urbanística para mejorar la regulación y ordenación de los puntos de suministro en la ciudad”, ha explicado el delegado de Hábitat Urbano, Turismo y Cultura, Antonio Muñoz.
El PGOU establecía hasta ahora una distancia de 50 metros con las viviendas o equipamientos en parcelas calificadas como estaciones de servicios y en concesiones de puntos de servicio. Sin embargo esta limitación no afectaba a puntos de suministro asociados a otros proyectos. Concretamente, no había restricción urbanística para los establecimientos comerciales individuales o agrupados, centros comerciales, establecimientos de inspección técnica de vehículos o zonas o polígonos industriales que de acuerdo con la normativa estatal incorporan entre sus equipamientos instalaciones para suministro de productos petrolíferos a vehículos. La modificación del PGOU plantea que incluso en estos supuestos de uso asociado no podrá estar la gasolinera a menos de 50 metros de uno edificio residencial o de un equipamiento.

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