miércoles, 21 de diciembre de 2022

Mitma abre la consulta pública previa para crear la Casa/ Museo de la Arquitectura y el Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura

*  Con estas dos consultas se inicia el desarrollo reglamentario de la Ley de Calidad de la Arquitectura. Cualquier ciudadano, organización o asociación podrá hacer llegar sus aportaciones hasta el próximo 31 de enero.
* La Casa / Museo de la Arquitectura busca convertirse en un punto de encuentro, de exposición, de comunicación y de difusión a con actividades de carácter lúdico, turístico, cultural y social para el público general y de cualquier edad.
* El Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura se constituirá como un órgano colegiado con un carácter asesor y consultivo de la Administración General del Estado.

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), a través de la Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura, ha abierto la consulta pública previa sobre la regulación de dos elementos clave para cumplir con los objetivos de la Ley 9/2022, de 14 de junio, de Calidad de la Arquitectura: crear la Casa / Museo de la Arquitectura y conformar el Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura.
Cualquier ciudadano, organización o asociación podrá hacer llegar sus aportaciones a la ley hasta el próximo 31 de enero, a través de la página de Participación Pública del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (ver enlaces al final de la nota).
Mitma promueve una amplia participación en el proceso para perfilar la regulación de estos dos órganos y continuar, de esta manera, con el diálogo iniciado en el proceso participativo que se articuló para la elaboración de la Ley de Calidad de la Arquitectura que se denominó PECA! | Propuestas sobre el Entorno Construido y la Arquitectura (mitma.es).

Casa / Museo de la Arquitectura
La Casa / Museo de la Arquitectura busca acercar los valores de la arquitectura a la sociedad como una herramienta de diplomacia cultural. La institución tiene la vocación de convertirse en un referente nacional e internacional para la divulgación de la arquitectura.
Este órgano ejercerá tanto las funciones propias de un museo adaptado a la actualidad, como aquellas más propias de una plataforma de intercambio entre instituciones y asociaciones vinculadas a la difusión de la arquitectura.
Entre las funciones que asumirá, destacan la divulgación del legado arquitectónico español y sus representaciones contemporáneas, el posicionamiento de la excelencia de la arquitectura española en el panorama nacional e internacional, potenciar la participación ciudadana tanto del sector directamente vinculado con la arquitectura como del conjunto de la sociedad. Asimismo, la Casa / Museo de la Arquitectura aspira a convertirse en un foro de debate en torno al papel de la arquitectura, o el apoyo a jóvenes profesionales y el impulso a la investigación y la innovación.
En el campo de la protección del patrimonio, el Museo de la Arquitectura creará un catálogo de obras arquitectónicas de interés que sirva de orientación a las Administraciones Públicas para la elaboración de sus propios catálogos de edificios protegidos. Además, en coordinación con el Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura, solicitará de oficio la incoación de expedientes de protección ante las Administraciones Públicas competentes en relación con ejemplos de arquitectura de calidad reconocida.

Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura
Por su parte, el Consejo de Calidad de la Arquitectura se constituirá como una plataforma de intercambio de conocimiento y de participación, así como de consulta y asesoramiento en las materias relacionadas con los contenidos de la Ley.
Las funciones del Consejo de Calidad de la Arquitectura se agrupan en dos grandes bloques. El primero de ellos contiene las funciones dirigidas a la protección, fomento y difusión de la calidad de la arquitectura y la mejora de la gobernanza, promoviendo, a través de las mismas, el acercamiento a la sociedad de los valores de la arquitectura, con especial atención a la arquitectura contemporánea y propiciando, al mismo tiempo, su protección y conservación por parte de las Administraciones Públicas competentes. Además, le corresponde el impulso de proyectos piloto innovadores que fomenten la aplicación práctica de las iniciativas de I+D+i relacionadas con el ámbito de la construcción.
El otro grupo de funciones se centra en materia de contratación pública, comprendiendo la adopción de normas o medidas de carácter general para la mejora de la calidad de la arquitectura, o la modificación de las existentes, así como el ejercicio de labores de asesoramiento a órganos de contratación que así lo soliciten sobre la estimación de honorarios para la determinación de los presupuestos base de licitación de los contratos administrativos de servicios que tengan por objeto la redacción de proyectos de arquitectura.
Asimismo, otra de las funciones de este Consejo será llevar a cabo la elaboración y difusión de modelos de pliegos de contratación y otros documentos de carácter orientativo que simplifiquen, agilicen la contratación y la compra pública innovadora sobre las materias objeto de esta ley.

Ley de Calidad de la Arquitectura
La Ley de Calidad de la Arquitectura, aprobada por las Cortes Generales el pasado mes de junio, es la primera Ley estatal que tiene por objeto proteger, fomentar y difundir la calidad de la arquitectura como bien de interés general. Entre los fines de esta norma se encuentra la protección del patrimonio arquitectónico y el acercamiento de los valores la arquitectura a la sociedad.
Dicha Ley recogió en sus artículos 6 y 7, respectivamente, las figuras del Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura y la Casa / Museo Arquitectura y habilitó al Gobierno a su constitución y regulación, cuyo desarrollo reglamentario arranca con estas consultas públicas.

Registro General del Código Técnico de la Edificación
Simultáneamente a este desarrollo reglamentario y dada su estrecha relación con la calidad en el ámbito de la edificación, se pretende hacer una revisión del contenido y estructura del Registro General del Código Técnico de la Edificación (CTE) creado mediante el artículo 4 de la Parte I del CTE y regulado mediante la Orden VIV/1744/2008, de 9 de junio.
Se puede acceder a las dos consultas públicas, que estarán abiertas hasta el próximo 31 de enero, a través de la página de Participación Pública del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, desde los siguientes enlaces:

Casa/ Museo de la Arquitectura:
Proyecto de Real Decreto por el que se crea y se regula la Casa/Museo de Arquitectura | Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (mitma.gob.es)

Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura:
Consulta pública previa sobre el proyecto de Real Decreto por el que se crea el Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura y se modifica el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo y la Orden VIV/1744/2008, de 9 de junio, por la que se regula el Registro General del Código Técnico de la Edificación | Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (mitma.gob.es)

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