lunes, 16 de enero de 2017

La Empresa Municipal de Vivienda (EMVISESA) aprueba un protocolo que permite las permutas entre inquilinos y la adquisición de viviendas a particulares con graves dificultades sociales

* Una aplicación informática permitirá a los inquilinos solicitar la publicación de los datos básicos de la vivienda que desean cambiar, así como localizar otra que se ajuste a sus necesidades
* El Protocolo de Actuación y Gestión de Permutas establece diferentes causas o situaciones para solicitar el cambio y diferentes soluciones para los inquilinos que pretendan acogerse al mismo

El Consejo de administración de la Empresa Municipal de Vivienda (EMVISESA) aprobó la pasada semana por unanimidad el primer Protocolo de Actuación y Gestión de Permutas de Emvisesa diseñado para dar respuesta a los inquilinos que por distintas circunstancias requieran un cambio de sus inmuebles, así como para generar oportunidades a personas titulares de viviendas que no puedan continuar en ellas por motivos como la necesidad de afrontar obras de rehabilitación o por graves problemas de accesibilidad. “Se trata de un nuevo proyecto innovador que responde a una importante demanda existente y que se suma a las medidas que hemos puesto en marcha en este mandato para dar respuestas de carácter social desde Emvisesa a la población”, explicó el delegado de Bienestar Social, Juan Manuel Flores, quien presentó este proyecto junto al gerente de Emvisesa, Felipe Castro.
El protocolo tiene como principal objetivo solucionar la demanda de numerosos inquilinos de EMVISESA que desean, por diferentes motivos, cambiar por otra la vivienda que legalmente ocupan. De esta forma, se establece una herramienta informática, que se encuentra en desarrollo, denominada Bolsa de Permutas, que permitirá a los inquilinos solicitar la publicación de los datos básicos de la vivienda que desean cambiar, así como localizar otra que se ajuste a sus necesidades.
Este protocolo establece las causas que pueden justificar estas permutas como son el aumento o disminución de la unidad familiar, problemas graves de convivencia no imputables al solicitante del cambio, problemas de salud graves, situación de movilidad reducida en viviendas no adaptadas, renta de alquiler elevada para la situación económica del solicitante o reagrupación familiar.
Además del formato de permuta, el Protocolo contempla un procedimiento excepcional de cambio que responde a solicitudes de permuta originadas por el aumento o disminución de la unidad familiar, problemas de salud grave o una movilidad reducida que motive la necesidad urgente de cambio de vivienda y no puedan satisfacerse a través de la Bolsa de Permutas. Sólo sería aplicable en caso de existir viviendas de libre disposición propiedad de EMVISESA o gestionadas por ella.
Finalmente, el Protocolo de Actuación y Gestión de Permutas considera la adquisición de vivienda con realojo simultáneo. Este procedimiento tiene como finalidad, por una parte, el incremento del parque social de viviendas de EMVISESA y, por otra, ofrecer una solución habitacional a familias propietarias de viviendas que se encuentren en determinadas condiciones o no puedan satisfacer sus necesidades habitacionales.
En estos supuestos, se procederá a la adjudicación en régimen de alquiler o cesión de uso de una vivienda de libre disposición propiedad de EMVISESA, o gestionada por esta, a la familia objeto del procedimiento.
Inmediatamente EMVISESA adquiriría mediante escritura de compraventa la vivienda propiedad de los solicitantes, pudiéndose autorizar el cambio siempre que la normativa aplicable no prohíba o limite la venta de la vivienda y se ajuste al procedimiento y requisitos establecidos en el protocolo.En estos supuestos, se procederá a la adjudicación en régimen de alquiler o cesión de uso de una vivienda de libre disposición propiedad de EMVISESA, o gestionada por esta, a la familia objeto del procedimiento. Inmediatamente EMVISESA adquiriría mediante escritura de compraventa la vivienda propiedad de los solicitantes, pudiéndose autorizar el cambio siempre que la normativa aplicable no prohíba o limite la venta de la vivienda y se ajuste al procedimiento y requisitos establecidos en el protocolo.
Podrán ser objeto de aplicación de este procedimiento de adquisición de vivienda con realojo simultáneo personas con movilidad reducida que motive la necesidad urgente de cambio de vivienda, por no encontrarse adaptada la vivienda de su propiedad; personas con problemas de salud grave que haga necesario el cambio de vivienda, debido a las características de esta o a la zona en que se encuentra; viviendas que se encuentren en condiciones que requieran de reformas urgentes u obras de mantenimiento cuyo coste no pueda ser asumido por los propietarios por su situación económica precaria; así como cualquier otro caso en que las circunstancias personales y económicas de las familias, adecuadamente acreditadas, hagan necesario el realojo simultáneo.
Con una línea de trabajo similar a la definida en este protocolo, el consejo de administración de Emvisesa aprobó la pasada semana la adquisición de un inmueble situado en el ARI-DBP-03 en la barriada de Guadaíra Sur. En esta vivienda residía un matrimonio de avanzada edad que requería ante la precaria situación en la que residían. Dada que esta zona se encuentra afectada por un proceso de compra de las parcelas y en cumplimiento de los acuerdos plenarios para el desarrollo de las parcelas, Emvisesa aprobó la adquisición de la vivienda, previa tasación, y el realojo de estas dos personas en otra vivienda de Emvisesa en régimen de alquiler dado que cumplían todos los requisitos. En estos momentos, se han iniciado conversaciones con otros dos titulares de viviendas de la zona para iniciar un procedimiento similar con el objetivo de conseguir el desarrollo urbanístico de Guadaíra Sur donde está prevista la construcción de promociones de VPO.

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