• Se modifica temporalmente la fórmula de revisión obligatoria del precio del transporte por carretera en función de la variación del precio de combustible, para que recoja el peso real en los costes de las empresas, en función del tipo de vehículos.
• Asimismo, se aprueba una medida temporal y extraordinaria para proporcionar transparencia en la fijación del precio en los contratos de transporte de tracto único, exigiendo que las facturas reflejen de forma desglosada el coste del combustible.
• Todas estas medidas se aplicarán a los transportes por carretera realizados entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2022.
• Con estas medidas, que van dirigidas a garantizar la viabilidad del tejido empresarial del sector del transporte de mercancías por carretera, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana reitera su compromiso con este sector, estratégico para el abastecimiento de la población y la actividad económica del país.
El Consejo de Ministros, en su reunión de hoy, ha aprobado un Real Decreto-ley de medidas de ayuda que incluye nuevas medidas de apoyo a la sostenibilidad del sector del transporte de mercancías por carretera, estratégico para el abastecimiento de la población y la actividad económica del país, con el fin de garantizar la viabilidad de su tejido empresarial en el actual escenario de incrementos sostenidos del precio de los combustibles.
La invasión rusa de Ucrania ha derivado en un aumento del coste de los combustibles extraordinario, que genera un gran impacto en las empresas de transporte de mercancías por carretera, dado que se trata de una partida que, si en condiciones ordinarias supone entorno al 30% de los costes de la actividad, se ha incrementado hasta el 40% en el supuesto de los vehículos pesados de carga general, a lo que hay que añadir la elevación de costes que también se está produciendo en neumáticos, lubricantes, etc.
La dimensión de este aumento de costes para las empresas de transporte de mercancías por carretera, así como la rapidez en su evolución, golpean en un segmento empresarial que tiene una dificultad estructural para trasladar de manera inmediata estos aumentos a sus clientes, lo que compromete la viabilidad económica de numerosos empresarios.
Medidas para el sector del transporte de mercancías por carretera
Ante esta situación, en primer lugar, el Real decreto-ley modifica la Ley 15/2009, de 11 de noviembre, del contrato de transporte terrestre de mercancías, para establecer la obligación de que, en los contratos de transporte por carretera que tengan por objeto un único envío, todas las facturas por servicios realizados entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2022, reflejen de manera desglosada el coste del combustible necesario para la realización del transporte. Para determinar el coste del combustible en este tipo de contratos, se tomará como referencia el precio medio semanal del gasóleo de automoción con impuestos que se recoja en el “Oil Bulletin” de la Unión Europea para España.
Se trata de una medida temporal extraordinaria que proporcionará transparencia en la fijación del precio en los servicios de transporte que tengan por objeto un único envío. En segundo lugar, se aprueba una modificación temporal, desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley hasta el 31 de diciembre de 2022, de las fórmulas aplicables para la revisión del precio del transporte por carretera en función de la variación del precio del combustible, para que recojan el peso real del coste del combustible en la estructura de costes de las empresas, en función del tipo de vehículos, en el contexto actual, y de conformidad con lo que refleja el Observatorio de costes del transporte de mercancías por carretera.
De esta forma, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana reitera su compromiso con el sector del transporte de mercancías por carretera que es estratégico para el abastecimiento de la población y para la actividad económica del país.
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