La Empresa Municipal de la Vivienda Emvisesa del Ayuntamiento de Sevilla ha ampliado el programa de medidas ante las consecuencias económicas y sociales de la pandemia provocada por la COVID-19 con la publicación de un protocolo para los proveedores. El objetivo es agilizar todos los pagos a las empresas con las que existen contratos para inyectar liquidez y contribuir al mantenimiento de puestos de trabajo. Esta medida se suma a los programas puestos en marcha de ayudas y aplazamientos a inquilinos, propietarios, entidades y autónomos para los que ya se han tramitado más de 150 solicitudes.
El objetivo de esta medida, que se enmarca dentro de una estrategia municipal para la agilización de todos los pagos de la administración, es facilitar que las empresas y autónomos cuenten con mayor liquidez para afrontar las consecuencias de la crisis sanitaria y de la paralización de la actividad.
El plan, además, tiene como objetivo mantenerse en el tiempo de forma que se consolide y no se limite a una medida excepcional en esta situación de alarma sanitaria.
Emvisesa, consciente de la situación en la que se encuentran gran parte de sus proveedores con motivo de la crisis sanitaria, ha decidido acelerar la implantación de un plan que venía desarrollando en los últimos quince meses. Este plan está destinado a agilizar el proceso de pago a sus proveedores, reduciendo considerablemente los tiempos, para instaurarlo con carácter indefinido. Ello está significando una modificación significativa de diferentes procesos de trabajo de departamentos que deben coordinarse técnicamente, así como una adaptación de los sistemas informáticos.
Con estas medidas, desde el comienzo del estado de alarma se ha reducido el plazo de pago a proveedores hasta una media de 29 días, y con el protocolo se prevé situarlo a corto plazo en torno a los 25 días llegando en algunos casos al pago en 10 días.
Como piedra angular de este protocolo, el papel prácticamente desaparece del proceso, sustituyéndose por una relación sintetizada de facturas que se firma digitalmente. Serán beneficiarias de este Protocolo las empresas y autónomos que tengan relación mercantil con Emvisesa al haber llevado a cabo entregas de bienes o prestaciones de servicios, respecto de las cuales, la empresa municipal haya recibido y registrado la correspondiente factura. Adicionalmente, sobre los proveedores no debe constar ninguna situación legal que impida a Emvisesa efectuar el pago efectivo, como puede ser, a modo de ejemplo, un embargo administrativo.
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