jueves, 21 de noviembre de 2019

El Pleno del Ayuntamiento de Sevilla aprueba la venta forzosa de los suelos privados que incumplan las órdenes de conservación y reducir de un año a cuatro meses la moratoria del deber de edificar previsto en Registro de Solares ante la mejoría económica e inmobiliaria en la ciudad

* A partir de la entrada en vigor de esta moratoria aquellos titulares de suelos con órdenes de ejecución de medidas de conservación que no hayan implementado serán excluidos de la moratoria y, por tanto, sus parcelas serán sometidas a un procedimiento de venta forzosa
* “Por un lado, evitamos que el deber de edificar se eternice ‘sine die’ y, por el otro, exigimos su cumplimiento para los propietarios con solares y edificios con órdenes de ejecución de medidas de conservación o rehabilitación que, en ocasiones, causan molestias a los vecinos y vecinas por su estado ruinoso”, ha argumentado Antonio Muñoz

El Pleno del Ayuntamiento de Sevilla, reunido este jueves en sesión ordinaria, ha aprobado por amplia mayoría la prórroga durante cuatro meses de la moratoria vigente desde el año 2014 en el deber de edificar por parte de propietarios de terrenos incluidos en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas, a excepción de todos aquellos suelos de propiedad privada que hayan incumplido los plazos para edificar y cuenten ya con órdenes de ejecución de medidas de conservación que no hayan sido debidamente cumplidas. Estos últimos terrenos pasarán automáticamente al procedimiento de venta forzosa por parte de la Administración, al igual que ya se hizo en 2017 para todos los ubicados en el Casco Histórico.
El delegado municipal de Hábitat Urbano, Cultura y Turismo, Antonio Muñoz, ha explicado al Pleno que para adoptar esta propuesta en la Gerencia de Urbanismo se ha tomado en cuenta la coyuntura inmobiliaria actual, al igual que se hiciera en su día para los solares del Centro. “Las cifras de licencias de obras de edificación y rehabilitación y de declaraciones responsables, así como de inversión privada, revelan una mejoría del mercado inmobiliario en la ciudad. De esta forma, por un lado evitamos que el deber de edificar se eternice sine die, reduciendo para ello esa moratoria de un año a cuatro meses, y, por el otro, exigimos el cumplimiento de ese deber para aquellos propietarios con solares y edificios ruinosos con órdenes de ejecución de medidas de conservación o rehabilitación que, en ocasiones, causan molestias a los vecinos y vecinas por su estado ruinoso”, ha argumentado.
La nueva regulación de la moratoria tiene una duración exclusiva de cuatro meses –en vez de un año como hasta ahora–. Transcurrido este periodo, podrán de nuevo revisarse los requisitos o directamente poner fin a este modelo diseñado en 2014 con motivo del inicio de la crisis económica, principalmente para promotores que no habían podido iniciar los proyectos previstos en sus suelos debido a motivos económicos –por ejemplo, de acceso a financiación–.
“Se trata, pues, de buscar un equilibrio que no perjudique a pequeños propietarios o a empresas que estén desarrollando sus proyectos por fases, pero que al mismo tiempo impida que haya suelos que lleven años bloqueados y, lo que es aún peor, sin cumplir las obligaciones de conservación y mantenimiento fundamentales para muchos barrios de la ciudad”, ha abundado.
Desde 2014, el Ayuntamiento de Sevilla ha aprobado en varias ocasiones suspender el cómputo del plazo previsto en el art. 3.3 de la Ordenanza Municipal Reguladora del Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas para el cumplimiento del deber de edificar de los solares y parcelas en suelo urbano consolidado. De esta forma, y dadas las dificultades alegadas por muchos de los propietarios para iniciar sus inversiones, se acordó no someter estos solares a los procedimientos de venta forzosa. Debido a la reactivación económica y del sector, desde el año 2017 se decidió excluir de esta moratoria a todos los solares ubicados en el Casco Histórico, medida que se prorrogó en 2018.
En estos momentos, esta moratoria afecta a 110 solares de la ciudad. De ellos, un 60 por ciento tienen superficies inferiores a 150 metros cuadrados y sus titulares con pequeños y medianos inversores. Asimismo, 41 solares se encuentran en Sevilla Este, donde sus titulares están activando estas bolsas de suelo por fases, de forma que no se encuentran paralizadas, sino que se están tramitando los proyectos necesarios.
Por este motivo, y ante estas circunstancias, Consejo de la Gerencia de Urbanismo ha aprobado una nueva prórroga en esta moratoria aunque con dos modificaciones sustanciales respecto a la vigente desde 2017. En primer lugar, el periodo de duración será únicamente de cuatro meses, de forma que a partir de ahora la situación de estos solares y el cumplimiento del deber de edificación se evaluarán cuatrimestralmente y no anualmente como hasta ahora, debido a la modificación sustancial en la situación de la actividad económica e inmobiliaria en los últimos años.
En segundo lugar, se ha adoptado una medida para resolver un problema que afecta a numerosos barrios de la ciudad como son los solares privados sin una adecuada conservación, donde en muchas ocasiones se tiene que producir una intervención subsidiaria por parte de los servicios municipales. A partir de la entrada en vigor de esta moratoria aquellos titulares de suelos que tengan órdenes de ejecución de medidas de cumplimiento del deber de conservación que no hayan implementado pasarán automáticamente a ser excluidos de la moratoria y, por tanto, las parcelas serán sometidas a un procedimiento de venta forzosa. En estos momentos, existen 60 suelos aún sin edificar de propiedad privada con órdenes de ejecución de medidas de conservación que se verán afectados por esta decisión en caso de no atender las exigencias de la Gerencia de Urbanismo.

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Pleno Ordinario del Ayuntamiento de Sevilla (21/11/2019)

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