lunes, 1 de octubre de 2018

La Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla ratifica la prisión para el joven acusado de robar unas gafas de sol el pasado mes de agosto

* El tribunal tiene en cuenta, entre otros aspectos, la gravedad del hecho y la pena de 4 años de cárcel solicitada por la Fiscalía

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha rechazado el recurso de apelación presentado por la defensa del joven acusado de robar unas gafas de sol el día 1 de agosto en un establecimiento comercial de la capital hispalense contra la resolución en la que el juez de Instrucción número 16 ratificó la prisión provisional, comunicada y sin fianza del investigado acordada por auto de 1 de agosto, informa Comunicación Poder Judicial
La citada fuente indica que en un auto dictado el día 25 de septiembre, el tribunal pone de manifiesto que, “de la investigación llevada a efecto por la Policía y la investigación judicial, existe base sólida suficiente para constatar la existencia de indicios racionales de la comisión” por parte del acusado de un delito de robo con violencia y un delito leve de lesiones, una “tesis mantenida por la Fiscalía al formular escrito de acusación y por el Juzgado de Instrucción”.
De este modo, la Sección Tercera de la Audiencia tiene en cuenta para ratificar la situación de prisión provisional del investigado “la naturaleza y gravedad del delito, la existencia de indicios racionales” contra el acusado y “la pena con que se le conmina (4 años de prisión, según escrito de acusación ya formulado por el Ministerio Fiscal), que pudiera condicionar la decisión de sustraerse a la acción de la justicia”.
Asimismo, el tribunal valora que la celebración de la vista “será en fecha próxima”, en cuyo caso “habrá que garantizar la presencia en juicio del acusado para posibilitar un proceso sin dilaciones”, así como “la posibilidad de reiteración delictiva”, ya que el acusado “ha sido condenado por delitos de fecha comisión 23 de mayo de 2014 y 1 de febrero de 2016”.
Por todo ello, la Audiencia considera que la medida de privación de libertad, “en estos momentos, es adecuada y proporcional”, todo ello, según subraya, “en atención a la gravedad del hecho (robo con violencia), pena solicitada (4 años de prisión), indicios racionales que constatan la participación del acusado-apelante, fase del procedimiento y el riesgo de reiteración delictiva”, ya que “condenas anteriores no lograron evitar nueva conducta delictiva”.
Así, el tribunal desestima el recurso de apelación presentado por la defensa del acusado contra el auto de 6 de septiembre por el que el juez de Instrucción número 16 de Sevilla acordó ratificar la prisión del investigado.
El instructor tomó esta decisión al considerar que existe riesgo de fuga y “teniendo en cuenta la naturaleza del presunto delito cometido, la pena que pudiera corresponderle, las circunstancias del hecho y antecedentes del investigado”, así como “para garantizar la eficacia de la investigación procesal y la disponibilidad del investigado a los llamamientos judiciales”.
El juez, por medio de otro auto dictado el 6 de septiembre --finaliza Comunicación Poder Judicial--, acordó seguir las actuaciones por el trámite del procedimiento abreviado contra el joven encarcelado al entender que existen “indicios racionales” de que habría cometido supuestamente un delito de robo con violencia con resultado de lesiones y utilización de instrumento peligroso.

* Como ya informó este periódico digital de GELÁNNOTICIAS, el autor del robo de las gafas en un centro comercial de Sevilla fue el miembro de "La Manada", Ángel Boza. Tras ser detenido ingresó en prisión, ratificándose ahora su encarcelamiento.

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