El SAT afirma qie "denunciábamos entonces desde nuestra sección sindical que las tasas para concursos de PDI funcionario, Profesorado Contratado Doctor, Ayudante Doctor y Asociado subían de 20 a 21€, y para concursos de PDI Sustituto Interino pasaban de 0 a 12€, justo en una “época en la que la gente trabajadora seguimos sufriendo una fuerte crisis”.
La citada fuente indica también que "por si esto no fuera poco, ahora quienes gestionan nuestra Universidad han vuelto a subir las tasas de concursos a 23 euros, excepto las de PDI Interino que suben a 14€. Estas tasas tan elevadas suponen un esfuerzo importante para muchas personas, especialmente para aquellas que están desempleadas o sufren la precariedad laboral y concursan en varias áreas de conocimiento".
El SAT también ha manifiestado que "recordemos que algunos concursos de PDI Interino surgen para cubrir bajas de escasos meses de duración y pagar una tarifa para intentar acceder a un contrato de estas características no puede ser considerado sino inadmisible. En estos casos ni si quiera se paga por participar en un concurso por una plaza, sino por entrar en una lista de posibles sustitutos donde quizás no te llamen nunca para trabajar".
Desde la Defensoría del Pueblo Andaluz en la Resolución a la queja 09/0199 --informa el SAT--, se recomienda que “considerando las circunstancias especiales que concurren en la sociedad española en general, y andaluza en particular, debido a la situación económica, las Administraciones Públicas andaluzas podrían contribuir en facilitar la participación de la ciudadanía en los distintos procesos selectivos sin exigir pago alguno de derechos económicos, para aquellos ciudadanos/as que decidieran intentar la búsqueda de empleo en el importante sector público que representan las Entidades Locales andaluzas junto con la Administración de la Junta de Andalucía”. En esta Resolución se propone la eliminación de las tasas de derecho a examen en las convocatorias de acceso a puestos de trabajo públicos especialmente para personas con grado de discapacidad igual o superior al 33%, desempleadas y de familias numerosas.
También indica el SAT que "teniendo en cuenta la anterior Resolución, el Ayuntamiento de Sevilla (art. 4º de la ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR DERECHOS DE EXÁMENES) exime a personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33% y a demandantes de empleo del pago de tasas por el derecho a examen. Las ORDENANZAS FISCALES PARA 2018 de la Diputación Provincial de Sevilla, también prevé que los desempleados estén exentos de pagar tasas. Otras instituciones que tienen exenciones para discapacitados, desempleados y/o familias numerosas son, por ejemplo, los Ayuntamientos de Almería, Algeciras, Málaga (tasa de 0,60€ para desempleados y familias numerosas), Jaén, Jerez de la Frontera (Cádiz), etc.;las diputaciones provinciales de Córdoba -excepto para familias numerosas-, Málaga -tasa 3 € para desempleada-; y universidades como la de Granada, etc. Además, para la Junta de Andalucía, la Ley 66/1997, de 30, de Diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Orden Social y la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas, también regulan diferentes bonificaciones en cuanto al pago de las tasas por derecho a examen. En las pruebas de acceso convocadas por la Administración de la Junta de Andalucía se encuentran exentos del pago de la tasa por inscripción en las mismas los solicitantes con discapacidad igual o superior al 33% y demandantes de empleo".
A la vista de lo expuesto --finaliza la información del SAT--, el Equipo de Gobierno y el Consejo Social de la Universidad de Sevilla deberían tener en consideración las diferentes situaciones socio-laborales y personales de la ciudadanía a la hora de imponer tasas de examen. La autonomía universitaria no puede ser una vía de fomento de las injusticias sociales. Al contrario, la Universidad Pública debe ser un ejemplo de justicia y equidad social.
Desde el PDI del SAT-US --informa finalmente el SAT-. "consideramos las tasas de los concursos abusivas y nos posicionamos a favor de un acceso a los puestos de trabajo libre y gratuito como ocurre, por ejemplo, en la Universidad de Cádiz. Como mínimo, exención de pago para discapacitados, desempleados y/o familias numerosas. Demandamos la supresión de estas tarifas y proponemos una solicitud única interdepartamental para las convocatorias bianuales de PDI Sustituto Interino, lo que propiciaría un ahorro para los y las solicitantes y en la gestión administrativa".
Desde la Defensoría del Pueblo Andaluz en la Resolución a la queja 09/0199 --informa el SAT--, se recomienda que “considerando las circunstancias especiales que concurren en la sociedad española en general, y andaluza en particular, debido a la situación económica, las Administraciones Públicas andaluzas podrían contribuir en facilitar la participación de la ciudadanía en los distintos procesos selectivos sin exigir pago alguno de derechos económicos, para aquellos ciudadanos/as que decidieran intentar la búsqueda de empleo en el importante sector público que representan las Entidades Locales andaluzas junto con la Administración de la Junta de Andalucía”. En esta Resolución se propone la eliminación de las tasas de derecho a examen en las convocatorias de acceso a puestos de trabajo públicos especialmente para personas con grado de discapacidad igual o superior al 33%, desempleadas y de familias numerosas.
También indica el SAT que "teniendo en cuenta la anterior Resolución, el Ayuntamiento de Sevilla (art. 4º de la ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR DERECHOS DE EXÁMENES) exime a personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33% y a demandantes de empleo del pago de tasas por el derecho a examen. Las ORDENANZAS FISCALES PARA 2018 de la Diputación Provincial de Sevilla, también prevé que los desempleados estén exentos de pagar tasas. Otras instituciones que tienen exenciones para discapacitados, desempleados y/o familias numerosas son, por ejemplo, los Ayuntamientos de Almería, Algeciras, Málaga (tasa de 0,60€ para desempleados y familias numerosas), Jaén, Jerez de la Frontera (Cádiz), etc.;las diputaciones provinciales de Córdoba -excepto para familias numerosas-, Málaga -tasa 3 € para desempleada-; y universidades como la de Granada, etc. Además, para la Junta de Andalucía, la Ley 66/1997, de 30, de Diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Orden Social y la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas, también regulan diferentes bonificaciones en cuanto al pago de las tasas por derecho a examen. En las pruebas de acceso convocadas por la Administración de la Junta de Andalucía se encuentran exentos del pago de la tasa por inscripción en las mismas los solicitantes con discapacidad igual o superior al 33% y demandantes de empleo".
A la vista de lo expuesto --finaliza la información del SAT--, el Equipo de Gobierno y el Consejo Social de la Universidad de Sevilla deberían tener en consideración las diferentes situaciones socio-laborales y personales de la ciudadanía a la hora de imponer tasas de examen. La autonomía universitaria no puede ser una vía de fomento de las injusticias sociales. Al contrario, la Universidad Pública debe ser un ejemplo de justicia y equidad social.
Desde el PDI del SAT-US --informa finalmente el SAT-. "consideramos las tasas de los concursos abusivas y nos posicionamos a favor de un acceso a los puestos de trabajo libre y gratuito como ocurre, por ejemplo, en la Universidad de Cádiz. Como mínimo, exención de pago para discapacitados, desempleados y/o familias numerosas. Demandamos la supresión de estas tarifas y proponemos una solicitud única interdepartamental para las convocatorias bianuales de PDI Sustituto Interino, lo que propiciaría un ahorro para los y las solicitantes y en la gestión administrativa".
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