martes, 29 de diciembre de 2015

El Pleno del Ayuntamiento de Sevilla aprueba definitivamente unas Ordenanzas Fiscales progresivas y al servicio de la generación de empleo, la atracción y creación de empressas y la ejecución políticas sociales

* El documento recoge aportaciones de todos los grupos políticos que están representados en el Ayuntamiento y cuenta con dos informes jurídicos preceptivos por parte de la Intervención
* El IBI se congela para las familias y, además, habrá una convocatoria de ayudas para el pago en hogares de rentas bajas, al tiempo que se recupera la bonificación por domiciliación
* Desde el 1 de enero las empresas que generen puestos de trabajo pueden comenzar a engrosar su cheque fiscal para pagar impuestos y tasas municipales, según recalca el alcalde
* Emprendedores, autónomos y empresas ubicadas en Sevilla tienen en las Ordenanzas Fiscales un compendio de iniciativas para reforzar su actividad y la economía de la ciudad

El Pleno del Ayuntamiento de Sevilla ha aprobado definitivamente en su sesión de hoy las Ordenanzas Fiscales para 2016, que responden a un nuevo tiempo político de diálogo, entendimiento y acuerdo, son progresivas, justas y sociales, congelan la carga tributaria para las familias, exigen sólo un esfuerzo a las grandes compañías con los valores catastrales más elevados que, sin embargo, cabe compensar si crean empleo indefinido y tratan de que el Consistorio, ante la bajada de los ingresos que proceden del Estado, obtenga recursos económicos propios suficientes para invertir y hacer políticas sociales, incentivando la economía local y la generación de puestos de trabajo.
En esta aprobación definitiva, y al igual que ocurriera con las enmiendas del trámite inicial, se han tenido en cuenta alegaciones de todos los grupos políticos presentes en el Pleno. Y por vez primera en la tramitación de unas Ordenanzas Fiscales, se ha contado con dos informes jurídicos preceptivos por parte de Intervención General, así como Tribunal Económico Administrativo, al tiempo que ha recibido el dictamen favorable del Consejo Económico y Social de Sevilla (CESS).
“En este gobierno municipal sí existe voluntad de cambio y de transformación de la ciudad. Con estas Ordenanzas Fiscales, tratamos por un lado de tener capacidad de ingresos suficientes y, por el otro, de redistribuirlos con políticas sociales”, según ha argumentado el alcalde de Sevilla, Juan Espadas. En suma, que, ante un recorte de 7 millones de euros de los recursos de los Presupuestos Generales del Estado en las arcas locales, el Ayuntamiento de Sevilla debe cosechar recursos propios suficientes para invertir y hacer políticas sociales, siendo primera y prioritaria la generación de empleo en la ciudad.
De hecho, Espadas ha animado a las empresas radicadas en Sevilla a que, desde el 1 de enero de 2016, tengan en cuenta que si generan puestos de trabajo, tendrán un cheque fiscal que podrá ser aplicado a la hora de abonar diversos impuestos y tasas del Consistorio hispalense y de algunos de sus organismos autónomos y empresas públicas. Y, según ha recordado el alcalde, no es la única fórmula recogida en estas Ordenanzas Fiscales para incentivar el empleo y la creación y la atracción de nuevas empresas.

La fiscalidad para crear empleo
En concreto, con este cheque que las empresas pueden comenzar a nutrir desde “el día 1 de enero de 2016”, los titulares de actividades económicas que incrementen la plantilla media el año próximo con respecto a la de 2015 tendrán un crédito fiscal equivalente a 250 euros multiplicados por el incremento laboral expresado con dos decimales. El empleo habrá de ser a jornada completa y con contrato indefinido y el cheque podrá destinarse al pago de las deudas tributarias que la empresa pudiera tener con el Consistorio derivadas de impuestos, tasas o precios públicos vinculadas a la actividad económica donde se haya creado empleo, con un máximo del 60 por ciento de la cuota tributaria, excepto el IBI donde el porcentaje es un 30 por ciento.
Dentro de las Ordenanzas Fiscales para 2016 se incluyen medidas de solidaridad social, impulso de la actividad económica y fomento del empleo. El objetivo es utilizar las bonificaciones del Ayuntamiento de Sevilla para crear empleo, apoyar a los emprendedores y autónomos y atenuar e incluso compensar el recargo del IBI para los grandes contribuyentes con inmuebles no residenciales.
En este ámbito solidario, se contemplan bonificaciones del IBI y en el ICIO para las VPO, bonificaciones del IBI para familias numerosas, actualizando coeficientes para así evitar el efecto de la actualización de los valores catastrales, y también para las licencias urbanísticas.
Para los emprendedores habrá exenciones fiscales y bonificaciones en el IAE para los primeros años de actividad de una nueva empresa, bonificaciones en la tasa de basuras durante los tres primeros años, bonificaciones en el ICIO para reformas y obras para nuevas empresas y bonificaciones en permisos y licencias de obras para nuevos autónomos y también bonificaciones en la tasa por prestación de servicios urbanísticos (tasa urbanística) cuando el desempleado se convierte en autónomo.

El IBI, congelado para las familias
Las Ordenanzas prevén la congelación del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) para las familias sevillanas pese a la actualización de los valores catastrales del 10 por ciento solicitada al Ministerio de Hacienda tras años sin acometerse, congelación posible al aplicarse un índice de corrección que dejará el tipo impositivo en el 0,733 por ciento frente al 0,867 que le corresponde en 2015.
En el caso del IBI para inmuebles urbanos no residenciales (no viviendas), el equipo municipal ha optado por recurrir a la “ventana de progresividad” que deja abierta la legislación estatal. Se aplica, por tanto, un recargo para un 10 por ciento de estos inmuebles que representan los mayores valores catastrales en la ciudad, con un tipo de gravamen incrementado del 1,15 por ciento (una subida del 4 por ciento). Sólo un 0,97 por ciento del total de liquidaciones por estos inmuebles se verán afectados por este coeficiente reforzado, y coincide con grandes propietarios de suelos y edificaciones, y no con 90 por ciento de las empresas y los comercios, a los que no se aplicará.
Se regula, asimismo, un recargo del 50 por ciento en el IBI sobre aquellas viviendas desocupadas con carácter permanente, aunque condicionado a que el marco legal vigente lo permita. Por primera vez, además, las viviendas sociales de las empresas públicas EPSA (Junta de Andalucía) y Emvisesa contarán con una bonificación del 95 por ciento. El Ayuntamiento aprobará una convocatoria de ayudas para las familias con rentas bajas para abonar el IBI. Para las empresas que inicien su actividad en la Zona Franca podrán acceder a la declaración de actividad de interés económico del Pleno y tener una bonificación del 20 por ciento en el IBI.
Para el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), congelado al menos desde 2003, se aumentará el coeficiente de situación o de calle (diferente según cuál sea la calle del local donde se ejerce la actividad) el 15 por ciento. Este tributo tan sólo se cobra para empresas a partir de un millón de euros de facturación anual. Este recargo, sin embargo, cabe recuperarse en parte cuando se declara el Impuesto de Sociedades, y también aplicar sobre el IAE el cheque fiscal.

Tussam, congelación y progresividad en la tercera edad
Siguiendo con la economía de los hogares, se congela el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (sello del coche), la tasa de basura se congelará y se suprimirá para locales que se encuentren vacíos y se congela, con carácter general, las tarifas de Tussam, incorporándose nuevas promociones para los jóvenes y estudiantes y se contempla la próxima creación de un nuevo bonobús social para trabajadores con rentas bajas una vez que se formalice un nuevo convenio entre esta empresa de transportes y el Ayuntamiento.
Así, se establece ya de forma definitiva la tarjeta universitaria trimestral y su precio se mantendrá en los 78 euros al trimestre, mientras que la tarjeta anual se podrá fraccionar, y en ambos casos se aplicarán los descuentos para todas las actividades organizadas por el ICAS.
En cuanto a la tarjeta de Tussam para la tarjeta de la tercera edad será gratuita para aquellos beneficiarios con ingresos inferiores a 1.500 euros mensuales y, además, para quienes soporten el peso económico de su unidad familiar. Para los ingresos comprendidos entre los 1.500 y 1.800 euros sólo tendrán que abonar 15,5 euros en concepto de tramitación, como ocurría hasta ahora. Para los beneficiarios con renta mensual superior a los 1.800 euros se fija una bonificación progresiva: entre 1.801 y 2.000 euros, abonarán 64 euros al año, precio que supone una reducción del 80 por ciento con respecto a la tarjeta anual; entre 2.001 y 2.200 euros abonarán 80 euros al año, cantidad que implica un 75 por ciento de reducción con respecto a la tarjeta anual; entre 2.201 y 2.500 euros abonarán 96 euros al año, cuantía que supone una reducción del 70 por ciento con respecto a la tarjeta anual; y, por último, cuando la renta supere esos 2.500 euros, se abonarán 128 euros anuales, cuantía que supone una reducción del 60 por ciento de reducción con respecto a la tarjeta anual.

La domiciliación de recibos se vuelve a bonificar
Se recupera, asimismo, la bonificación por domiciliación de impuestos. Será del 1 por ciento para todos los recibos que se domicilien a partir del 1 de enero de 2016 y que no hayan estado domiciliados en los últimos cuatro años. Esta bonificación no será aplicable para cambios de titulares y, asimismo, se mantendrá durante los tres ejercicios siguientes a la fecha de domiciliación.
En el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (o de plusvalías) se producirá una rebaja al 26,8 por ciento, frente al 29,5 por ciento vigente, con carácter general y se reduce para viviendas adquiridas en los últimos cinco años que no se beneficiaron del boom inmobiliario previo, de manera que se neutralizan completamente los efectos de la actualización de los valores catastrales en 2016.
Por último, en cuanto al Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) el tipo impositivo baja un 10 por ciento y se coloca en el 3,5 por ciento, se arbitra una bonificación del 90 por ciento para aquellas obras que favorezcan condiciones de accesibilidad y habitabilidad para las personas con discapacidad y se establece una bonificación del 80 por 100 de la cuota para aquellas actuaciones de rehabilitación de edificios protegidos por el planeamiento vigente con niveles de protección A, B y C.
Dentro de la tasa por servicios urbanísticos, que se congela con carácter general, se reduce un 40 por ciento para aquellas obras inferiores a los 40.000 euros realizadas por familias numerosas, al tiempo que se suprimen media docena de tasas, entre ellas la de Inspección Técnica de Edificios, la de prospecciones arqueológicas o la de compulsa de documento.

* PULSAR PARA VER EN VÍDEO EL PLENO MUNICIPAL
https://youtu.be/RR56G-XFHjQ

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