La Hermandad de Nuestra Señora de los Dolores, establecida en la Parroquia del Cerro del Águila, conforme a las reglas 42ª. y 59ª. de la corporación convoca a los hermanos mayores de edad a un Cabildo General extraordinario que tendrá lugar el viernes 7 de noviembre de 2014 en la Parroquia de Nuestra Señora de los Dolores.
En este Cabildo se presentará una propuesta de la Junta de Gobierno, realizada a efectos del cumplimiento de lo dispuesto en la regla 15ª y para su aprobación si procede, para la incorporación de la imagen titular de Nuestro Padre Jesús de la Humildad a la estación de penitencia a la Catedral de Sevilla. Sería, por tanto, un tercer paso de esta Cofradía en su estación de penitencia en la Semana Santa sevillana.
La talla del Nazareno es obra del imaginero Juan Manuel Miñarro. Desde hace más de diez años recibe culto en la Parroquia de Nuestra Señora de los Dolores como titular de la Hermandad del Cerro del Águila.
PROGRAMAS DE ACCIÓN SOCIAL DE LA HERMANDAD DEL CERRO
Un año más, en el deseo de apoyar y promocionar programas de acción social desarrollados por asociaciones y entidades privadas sin ánimo de lucro, y cuyos principios no sean contrarios a la Iglesia Católica ni a los valores defendidos por ésta, la Hermandad de los Dolores ha publicado este jueves, día 23 de octubre, su VI Convocatoria de ayudas y subvenciones para proyectos sociales referentes a los siguientes sectores: Personas mayores, infancia, discapacitados físicos, psíquicos y sensoriales, colectivos con especiales problemas de marginación y programas de inserción laboral y búsqueda de recursos económicos.
La convocatoria se rige por las bases que fueron aprobadas en Cabildo de Oficiales de 20 de octubre de 2014. El plazo de presentación de solicitudes abarcará hasta el 27 de febrero de 2015.
BASES APROBADAS EN EL CABILDO DE LA HERMANDAD NUESTRA SEÑORA DE LOS DOLORES. CERRO DEL ÁGUILA –
PRIMERA: FINALIDAD
La finalidad de la presente convocatoria es apoyar y promocionar
programas en acción social desarrollados por asociaciones y entidades
privadas sin ánimo de lucro, y cuyos fines no sean contrarios a la Iglesia
Católica ni a los principios defendidos por esta.
SEGUNDA: OBJETO
Podrán ser objeto de subvención los programas referidos a los siguientes
sectores específicos (en las modalidades de actividades, equipamiento,
mantenimiento):
- Infancia.
- Inserción laboral y búsqueda de recursos económicos.
- Personas Mayores.
- Disminuidos físicos, psíquicos y sensoriales.
- Colectivos con especiales problemas de marginación.
TERCERA:
El importe total de la subvención concedida no necesariamente cubrirá el
coste total del proyecto presentado.
CUARTA: BENEFICIARIOS
Podrán solicitar subvenciones las asociaciones y entidades de Sevilla y su
provincia sin ánimo de lucro que realicen proyectos de interés social en
nuestro territorio, y cuyos fines no sean contrarios a la Iglesia Católica ni a
los principios defendidos por esta.
Además, no podrán ser objeto de subvención, aquellas entidades o
asociaciones que no hayan aportado ni justificado los gastos de las
subvenciones concedidas en ediciones anteriores o no hayan cumplido la
norma undécima de estas bases.
QUINTA: CRÉDITO PRESUPUESTARIO
El crédito presupuestario previsto para esta convocatoria es el que se
encuentra recogido en la partida presupuestaria 3.1.0.5 del vigente
presupuesto general de la Fervorosa Hermandad Sacramental y Cofradía de
Nazarenos del Santísimo Cristo del Desamparo y Abandono, Nuestro Padre
Jesús de la Humildad y Nuestra Señora de los Dolores para el curso 2014-
2015.
SEXTA: SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN A APORTAR
Las solicitudes de subvención, dirigidas al Diputado de Caridad de la Hdad.
Ntra. Sra. de los Dolores y acompañadas de la documentación a la que se
hace mención en este mismo apartado, según anexo I, podrán presentarse
en:
- Casa Hermandad de Ntra. Sra. de los Dolores (sita en C/ Ntra. Sra.
de los Dolores nº 33 de Sevilla - 41006), bien por vía postal, bien
entregándola en mano a un oficial de la Junta de Gobierno (previa
cita con el Diputado de Caridad).
En la solicitud deberá constar:
1) Instancia en la que figure el nombre, dirección, DNI/NIF del solicitante,
identificación del representante, modalidad y cuantía de la solicitud, según
anexo I, con copia para la entidad solicitante que será registrada en la
Hermandad.
2) Fotocopia del CIF.
3) Programa explicativo indicando actividad concreta a desarrollar, nº de
participantes previsto, fecha y lugar de ejecución.
4) Cantidad total que se solicita como subvención, cuyo importe no
necesariamente coincida con el total del coste de la actividad concreta
mencionada en el apartado inmediatamente anterior.
5) Presupuesto de ingresos y gastos general de la entidad.
6) Presupuesto de ingresos y gastos de la actividad a desarrollar.
7) Certificado de cuenta bancaria donde se desee recibir la subvención, que
deberá tener como titular a la Entidad solicitante.
SÉPTIMA: PLAZO DE PRESENTACIÓN
El plazo de presentación de solicitudes será desde la publicación de las
bases de la convocatoria en la página Web de la Hermandad de Ntra. Sra.
de los Dolores (www.doloresdelcerro.com) hasta el 27 de febrero de 2015.
Toda solicitud recibida fuera de este plazo será motivo suficiente para ser
desestimada. Asimismo se publicará el texto íntegro de las bases en el
tablón de anuncios de la Casa Hermandad.
OCTAVA: PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN
Una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, estas serán
evaluadas, aplicando los criterios que se señalan en la cláusula décima de
estas bases, por la Comisión que a tal efecto se constituya, formada en
cualquier caso por el Diputado de Caridad y en algún extremo en función
de las necesidades de la corporación, por algún otro Oficial de la Junta de
Gobierno. En todo momento podrá requerirse información complementaria
que se considere necesaria, a fin de completar la valoración de la petición
presentada.
NOVENA
Tras el informe favorable de la citada Comisión, el Diputado de Caridad,
en consenso con el Hermano Mayor, el Fiscal y los Mayordomos, elevarán
a la Junta de Gobierno las subvenciones de esta convocatoria, siendo
aprobadas en Cabildo de Oficiales, notificándolo seguidamente a los
interesados. La resolución y aprobación por parte de la Junta de Gobierno
pone fin al proceso de selección de proyectos con los que se colaborará, sin
que exista posibilidad de interponer recursos por parte de las Entidades y
Asociaciones solicitantes.
DÉCIMA: CRITERIO DE ADJUDICACIÓN
Para la determinación de la cuantía de la subvención se establecerán
prioridades en la concesión, atendiendo, en orden preferente, a los
siguientes criterios:
a) se consideran prioritarios los siguientes programas sociales:
- Dentro del ámbito de la infancia, tendrán carácter prioritario los
programas y servicios siguientes:
- Servicios y programas de prevención y atención a la infancia
en situación de riesgo.
- Servicios y programas de apoyo a la familia.
- Servicios de apoyo a los menores en conflicto social.
- Actividades de ocio y tiempo libre.
- Atención a personas en situación de desempleo de larga duración
para la búsqueda de recursos económicos.
- Modalidad de mantenimiento de centros y actividades sociales
gestionados por asociaciones de personas mayores.
- Disminuidos físicos, psíquicos o sensoriales.
- Drogadicción y alcoholismo.
- Atención a colectivos con especiales problemas de marginación e
integración social.
- Equipamiento y actividades en centros especializados.
b) tanto para la emisión del informe favorable de la Comisión como
para la propuesta de otorgamiento, se valorará la adaptación del
proyecto al objeto establecido en la convocatoria, el carácter
innovador del proyecto y el número de personas usuarias y
beneficiarias.
c) para la concesión de las mismas será necesario que las propuestas
cuenten, por su contenido y metodología, con viabilidad técnica de
aplicación en el plazo establecido.
UNDÉCIMA: CONTROL Y SEGUIMIENTO
La concesión de la subvención supondrá para la entidad beneficiaria la
obligación de someterse a la evaluación y seguimiento de la actividad
subvencionada.
La entidad subvencionada contraerá las siguientes obligaciones:
- Admitir la evaluación y seguimiento sobre las actividades
concedidas que, en su caso, pueda realizar la Hdad. Ntra. Sra. de los
Dolores.
- Comunicar a la Diputación de Caridad de Ntra. Sra. de los Dolores
cualquier eventualidad en la actividad o programa subvencionado,
cuando afecte a tal subvención y en el momento en que se produzca.
- Aportar una breve memoria de la actividad objeto de la subvención
al término inmediato de la misma.
- Aportar todas las facturas o justificantes-recibos que detallen
minuciosamente el gasto aplicado a la actividad subvencionada, al
término inmediato de la misma, en documento original o fotocopia
compulsada, debidamente relacionada que acrediten el pago efectivo
por cuantía que sirvió de base para la concesión de la subvención.
- En caso de no llevarse a cabo la actividad subvencionada, la Entidad
beneficiaria deberá reintegrar el importe concedido por la
Hermandad Ntra. Sra. De los Dolores, en el plazo máximo de quince
días a contar desde la fecha de cancelación de la actividad.
- Aportar toda la documentación requerida en los puntos anteriores
antes del 19 de diciembre de 2015.
En cualquier momento la Hdad. Ntra. Sra. de los Dolores se reserva el
derecho de efectuar cuantas comprobaciones sean necesarias para el
cumplimiento de la finalidad de la subvención.
DUODÉCIMA: ACEPTACIÓN DE LAS BASES
La presentación de solicitudes implica la aceptación expresa y formal de
los términos de esta convocatoria.
Cualquier falsedad en los datos aportados será motivo suficiente para la
pérdida de derecho a recibir la subvención.
Francisco.
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