sábado, 1 de octubre de 2022

Fernández: "Los derechos de las empleadas del hogar se ven reconocidos gracias un Gobierno que impulsa políticas sociales y recupera principios laborales"

* El delegado del Gobierno resalta que la aprobación en el Congreso de los Diputados del RD “acaba con el agravio hacia un colectivo mayoritariamente femenino”, que en Andalucía lo componen 40.941 empleadas

El delegado del Gobierno de España en Andalucía, Pedro Fernández, ha destacado hoy que tras la aprobación esta semana en el Congreso de los Diputados del Real Decreto-Ley para la mejora de las condiciones de trabajo y de seguridad social de las personas trabajadoras al servicio del hogar “los derechos de las empleadas del hogar se ven reconocidos gracias a un Gobierno que impulsa políticas sociales, que gobierna para la mayoría social, para la clase media y trabajadora”.
Con el Real Decreto “40.941 empleadas de hogar en Andalucía se benefician del subsidio por desempleo, poniendo fin al agravio hacia un colectivo mayoritariamente femenino” y “saldando una deuda histórica con miles de mujeres, eliminando estereotipos y rompiendo la brecha social asociada a este trabajo”.
El delegado del Gobierno ha recordado que las políticas impulsadas por este Gobierno para superar la crisis económica derivada de la pandemia y, posteriormente, del incremento de los precios por la guerra en Ucrania “demuestran que para salir de una crisis no tienen que pagar siempre los más vulnerables, la población general, ni la mayoría trabajadora, como ocurrió en 2011, sino que hay que poner en marcha medidas de protección y garantía de derechos que afiancen la economía familiar, beneficien al trabajador y ayuden a paliar sus consecuencias sin dañar a los más débiles”. Es el caso, ha recordado, “la Reforma Laboral, la subida del Salario Mínimo Interprofesional, la aprobación de la ley del Ingreso Mínimo Vital, la modificación de la cotización para autónomos, la ley de garantía de las pensiones, la ley de cadena alimentaria o la ley de la vivienda”.
El texto es fruto del diálogo con organizaciones sindicales y plataformas de las empleadas de hogar que reivindicaban esta norma desde hace décadas, y resuelve la equiparación con las personas trabajadoras por cuenta ajena, tanto en el ámbito del sistema extintivo de la relación laboral como en el de la prestación por desempleo. El RD tiene como objetivo equiparar las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras del hogar familiar a las del resto de trabajadores por cuenta ajena para acabar con la discriminación histórica de este colectivo feminizado.
También garantiza la protección de la seguridad y salud de las personas al servicio del hogar familiar equivalente a la de cualquier otra persona trabajadora, esencial no solo para asegurar la equiparación de condiciones que exige la normativa antidiscriminatoria de la Unión Europea y el Convenio 189 de la OIT, sino también para garantizar el derecho constitucional a la salud que corresponde a todas las personas. Además, se proporciona cobertura en el ámbito de la garantía salarial a las personas trabajadoras del servicio doméstico en los casos de insolvencia o concurso de las empleadoras

Protección por desempleo
Las empleadas del hogar dejan de ser el único colectivo laboral que carecía de protección en situación de desempleo pese a que la mayoría tienen relaciones laborales a tiempo parcial e intermitentes, que a menudo finalizan repentinamente por defunción de sus empleadores y con un régimen especial de despido que permitía los despidos arbitrarios e intempestivos sin ningún tipo de indemnización.
En este contexto de especial de vulnerabilidad, la prestación del desempleo constituye, desde la perspectiva de la justicia social, una necesidad ineludible.

Bonificaciones
Será obligatorio cotizar por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) a partir del 1 de octubre. Para que estas cotizaciones no supongan un sobresfuerzo económico para los empleadores, estos tendrán derecho a una bonificación del 80% en las aportaciones empresariales a la cotización por desempleo y al FOGASA en este Sistema Especial.
Se mantiene la reducción de un 20% en la aportación empresarial a la cotización por contingencias comunes correspondiente a este Sistema Especial. Además, se van a incrementar los tramos de bonificación superiores al 20%, en función de la composición del hogar y también de los niveles de renta y de patrimonio, lo que permitirá aumentar el número de beneficiarios. Los requisitos de estas bonificaciones se fijarán reglamentariamente.
Además, el Real Decreto-ley también establece que los empleadores asumirán las obligaciones en materia de cotización para los trabajadores que presten sus servicios durante menos de 60 horas/mes por empleador, eliminándose la posibilidad de que sean los trabajadores los que soliciten directamente su afiliación, altas, bajas y variaciones de datos.

Fin del desistimiento
Se elimina la figura del desestimiento, que permitía el despido sin causa y, por tanto, sin las garantías del despido para tales situaciones al permitir prescindir de las trabajadoras del hogar sin justificar causa alguna.
A partir de ahora se deberán acreditar los motivos que puedan dar lugar a la finalización del contrato con las empleadas extendiendo, por tanto, la protección frente al despido

Acreditación de competencias
El Gobierno desarrollará políticas de formación y acreditación para las personas empleadas del hogar dedicadas al cuidado o la atención de las personas que formen parte del ámbito doméstico y familiar. Estas iniciativas tendrán en cuenta las particulares condiciones de trabajo en este sector y las personas trabajadoras que desarrollan su actividad en él.

Enfermedades profesionales
La norma establece también el compromiso de creación de una comisión de estudio cuyo objetivo es la inclusión de la perspectiva de género en el cuadro de enfermedades para que se identifiquen y se corrijan las deficiencias que existen en el ámbito de la protección ante las enfermedades profesionales de los trabajos desarrollados mayoritariamente por mujeres.

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