martes, 22 de septiembre de 2020

Hacienda prorroga hasta el 31 de octubre el IVA del 0% a las entregas de material sanitario para combatir la COVID-19

* Se aplica el tipo del 0% a las operaciones cuyos destinatarios sean entidades públicas, sin ánimo de lucro y centros hospitalarios 
* Se extiende el plazo de la medida con el fin de garantizar la respuesta del sistema sanitario para el control de la pandemia
* Se regula el régimen fiscal de aplicación a la final de la «UEFA Women's Champions League 2020», que se celebró en Bilbao y San Sebastián en agosto de 2020

El Consejo de Ministros ha aprobado prorrogarhasta el 31 de octubre de 2020 la aplicación del tipo del 0% de IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de material sanitario esencial para combatir la COVID-19. La decisión afecta a los productos sanitarios que tengan como destinatario una entidad pública, clínicas y centros hospitalarios o entidades privadas de carácter social.
La medida, incluida en el texto normativo que regulará el teletrabajo y que el Gobierno ha aprobado hoy, tiene efectos desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo. En dicho Real Decreto, en línea con una decisión de la Comisión Europea, se estableció hasta el 31 de julio la aplicación de un IVA del 0% a estos productos. Una medida que tenía como objetivo combatir la pandemia y facilitar de forma prioritaria que el suministro de material sanitario se realizase de forma rápida y efectiva. Ahora, el Gobierno ha decidido extender esta medida que ya ha mostrado su eficacia y que cuenta con el aval de la Comisión Europea, que el 23 de julio aprobó que los Estados miembros puedan prorrogar la aplicación del tipo impositivo del 0% de IVA hasta el 31 de octubre.
Esta medida ya se incluyó en el Real Decreto-ley 27/2020 de 4 de agosto que no fue convalidado. En el Real Decreto-ley aprobado hoy se actualiza a su vez la relación de bienes a los que es de aplicación esta medida que pretende garantizar la respuesta del sistema sanitario en la segunda fase de control de la pandemia, una vez ya iniciado el periodo de nueva normalidad. Entre otros, se han añadido al listado los hisopos con medio de transporte viral, que no estaban incluidos en la relación anterior. Todos se beneficiarán de un IVA al 0% con efecto retroactivo desde la entrada en vigor del Real Decretoley 15/2020, de 21 de abril, de medidas complementarias para apoyar la economía y el empleo.
Los sujetos pasivos podrán efectuar, conforme a la normativa del impuesto, la rectificación del IVA repercutido o satisfecho con anterioridad a la entrada en vigor de este Real Decreto-ley. Régimen fiscal de la final de la UEFA Women’s Champions League En este Real Decreto se regula también el régimen fiscal de aplicación a la final de la “UEFA Women’s Champions League”. La regulación de este régimen fiscal específico es necesaria, dado que la UEFA eligió las ciudades de Bilbao y san Sebastián para albergar la final de dicha competición.

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