Fruto de estos encuentros de trabajo, se ha redactado un Convenio de Colaboración a suscribir entre el citado Organismo y dichas entidades en el que se recogen una serie de obligaciones de cada una de las partes, de cara a favorecer la implantación de redes de fibra óptica en el término municipal de Sevilla.
Entre las determinaciones incluidas en dicho texto destaca el compromiso de los operadores a presentar ante la Gerencia de Urbanismo un único plan de despliegue de red en todo el término municipal, para poder ordenar y planificar de manera coordinada las obras necesarias. Asimismo, se intensifica el control de las intervenciones en los edificios protegidos por el planeamiento, los declarados B.I.C. y sus entornos, así como en los casos en que se afecte a la vía pública. El Convenio a firmar incluye también medidas para la reducción del impacto estético que producen ciertos despliegues, establece la prohibición de ejecutar cruces aéreos e, insta a la compartición de infraestructuras entre los operadores y a buscar la mimetización de las instalaciones.
Se trata, en todo caso, de compromisos para garantizar la adecuada gestión y utilización del dominio público y el cumplimiento de las determinaciones contenidas en la legislación de patrimonio.
Aunque las entidades con las que se viene trabajando en este sentido y con las que está previsto suscribir el Convenio de Colaboración redactado son Telefónica, Orange, Vodafone, Jazztel, Ono y, PTV Telecom, se mantiene abiera la posibilidad de posteriores adhesiones.
Una vez aprobado por el Consejo de Gobierno de la Gerencia de Urbanismo celebrado en el día de hoy el texto de dicho Convenio (punto nº 21 del orden del día), en breve se procederá a la firma del mismo con los operadores.
El máximo órgano de gobierno de la Gerencia de Urbanismo ha aprobado también la convocatoria de un procedimiento abierto para la constitución de un derecho de superficie sobre el inmueble de propiedad municipal sito en Plaza de la Encarnación 5 y 6 (punto nº 2 del orden del día).
Según ha explicado el delegado de Urbanismo, Maximiliano Vílchez “esta decisión se toma ante la falta de recursos económicos por parte de la Administración local para hacer frente a su rehabilitación y destino a los usos previstos por el planeamiento”. En este sentido, dicho inmueble, que fuera expropiado en 2007 a fin de ser rehabilitado para su destino a alojamiento en régimen de alquiler de carácter social, permanece sin uso, toda vez que dicho acuerdo fue dejado sin efecto en 2011 como consecuencia de no haber sido rehabilitado en este tiempo, y ante la ausencia de previsión para rehabilitar el mismo.
A la vista de la imposibilidad de acometer su recuperación, la Gerencia de Urbanismo considera como opción más conveniente la puesta en el mercado del inmueble, con destino a los usos permitidos por el planeamiento, que le concede la calificación de “Centro Histórico”. Esta opción permitiría además evitar el coste económico que supone la adopción de medidas periódicas para su mantenimiento y seguridad, así como la eventual ocupación ilegal del mismo por terceros.
Para ello, se ha acudido a la figura del derecho de superficie, fórmula que a la vez que permite la implantación de alguno de los usos permitidos, mantiene la titularidad municipal del suelo, con reversión, en su caso, de la construcción rehabilitada resultante, una vez finalizado el plazo de duración del derecho, que se ha determinado en treinta años.
En este caso, se ha establecido además, como fórmula alternativa encaminada a facilitar y ampliar las posibilidades de rehabilitación del inmueble, la opción de compra de la propiedad del suelo por parte del superficiario, al término de los quince primeros años de duración del derecho de superficie que se constituya.
La adjudicación del citado derecho de superficie y de la opción de compra de la propiedad del suelo se llevará a cabo a través de procedimiento abierto convocado al efecto. El criterio que primará en la ajdudicación será la mejor oferta económica sobre el tipo de licitación, que se ha establecido en 178.211,79 €, más IVA.
Dado que en el inmueble existen contratos de arrendamiento vigentes, Urbanismo ha incluido en el pliego de condiciones del concurso convocado, la obligatoriedad del adjudicatario a destinar el mismo a cualquier uso permitido por el planeamiento que lo haga compatible con dichos derechos de arrendamientos, y una vez rehabilitado el inmueble a ofrecer a sus titulares el derecho de retorno al mismo en local y viviendas resultantes.
La superficie de la parcela sobre la que se levanta este edificio es de 839,09 m2 en la planta baja y 973,08 m2 en el piso principal y segundo. La edificabilidad permitida en el inmueble es de 3.243,17 m2 techo.
En otro orden de cosas, la Gerencia de Urbanismo ha acordado, asimismo, resolver un convenio firmado con varias entidades inmobiliarias en febrero de 2006, para la ejecución de actuaciones edificatorias en 36 parcelas en la zona de Sevilla Este, ante el incumplimiento por parte del contratista de las condiciones esenciales establecidas en dicho Acuerdo (punto nº 6 del orden del día). Así pues, de la totalidad de las viviendas comprometidas (180 anuales, hasta un total de 2.161) en siete años de vigencia del convenio sólo se han construido 51, lo que equivale al 2,36% de las comprometidas.
Ante esta circunstancia, la Gerencia de Urbanismo ha optado por la resolución del Convenio firmado en su día, de tal modo que los solares serán incluidos en el Registro Municipal de Solares para optar a la venta forzosa, tal y como marca la Normativa en estos casos.
En relación al Planeamiento Urbanístico, el Consejo de Gobierno de la Gerencia de Urbanismo ha acordado proponer al Ayuntamiento Pleno la aprobación definitiva de las Modificaciones Puntuales 05 y 06 del Texto Refundido del Plan General de Ordenación Urbanística, en los ámbitos del ARI-DBP-03 “Avda. de la Palmera y del ARI-DCA-01 “Fábrica de Contadores” respectivamente (puntos nº 14 y 15 del orden del día).
Ambas modificaciones se redactan y aprueban al amparo de la modificación de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, operada por Ley 2/2012 de 30 de enero, que ha flexibilizado las determinaciones de los Planes Generales en materia de densidad de viviendas previstas en la redacción original de la Ley.
En este marco normativo, la Gerencia de Urbanismo ha redactado la Modificación Puntual 05 del Texto Refundido del PGOU, cuyo objeto es aumentar la densidad de viviendas en el ARI-DBP-03 (Avda. al Palmera), de 100 viviendas/hectáreas a 120 viviendas/hectáreas, sin que ello suponga aumento de la edificabilidad ni del aprovechamiento urbanístico.
Tras la aprobación inicial de esta modificación puntual y durante el trámite de audiencia, se formularon alegaciones por la Asociación de Vecinos Guadaira y por la Empresa Municipal de la Vivienda de Sevilla, si bien ninguna de ellas afectaba directamente a la Modificación Puntual del Plan General que se tramita, por lo que la misma fue aprobada de manera provisional por el Pleno Municipal del pasado mes de octubre.
Informado el documento favorablemente por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, procede en este momento la aprobación definitiva del mismo por el Ayuntamiento Pleno.
Conforme al mismo marco normativo que ha propiciado la Modificación Puntual 05 anteriormente explicada, la entidad Inmobiliaria del Sur, S.A. ha solicitado a la Gerencia de Urbanismo la tramitación de la Modificación Puntual 09 del Texto Refundido del PGOU, al objeto de aumentar la densidad de viviendas en el ARI-DCA-01 “Fábrica de Contadores”, de 90,40 viviendas por hectárea, como indica la ficha de planeamiento del Plan General, a 105,18 viviendas por hectárea, pasando de 158 a 176 viviendas en el sector, 80 de las cuales son de protección oficial.
Informado favorablemente por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio el documento que resultó aprobado provisionalmente, el Consejo de la Gerencia propone en este momento al Pleno del Ayuntamiento la aprobación definitiva de esta Modificación Puntual.
Entre los asuntos que tienen que ver con el Planeamiento Urbanístico, se ha acordado también la aprobación definitiva de una Modificación del Plan Especial de Protección del Sector 24 “El Porvenir” que afecta a la parcela sita en C/ Isabela 1,3 (punto nº 16 del orden del día). Se trata de una modificación tramitada con objeto de adaptar el planeamiento a la realidad del edificio existente en esta parcela, ocupado por la entidad Estudios Universitarios y Superiores de Andalucía (EUSA). En aplicación del vigente Plan General, a dicha parcela le corresponde una edificabilidad total superior a la establecida en el Plan Especial de Protección que le es de afección –aprobado con anterioridad al actual Plan General-.
Por tanto, la modificación del Plan Especial, elaborada por la Gerencia de Urbanismo a instancias de la Cámara de Comercio, consiste, básicamente, en establecer la ocupación permitida de la superficie de la parcela en un 60% frente al 25 % de ocupación que le asigna dicho Planeamiento de desarrollo. En consecuencia, se pretende permitir de forma regulada la ampliación de las instalaciones en el espacio libre de parcela, para el adecuado desarrollo de la actividad que está previsto realizar en la misma.
El último de los acuerdos destacado de los adoptados en materia de Planeamiento, hace relación a la corrección de un error detectado en el Plan General de Ordenación Urbanística, en las determinaciones relativas a la finca sita en calle Lumbreras nº 16, en relación con la finca colindante que ocupa el Centro Deportivo “La Fundición” (punto nº 17 del orden del día).
La errata consiste en que el patio trasero de la edificación sita en el nº 16 de la calle Lumbreras está incluido en el ámbito de las edificaciones colindantes con este patio, una de las cuales es el solar calificado de “deportivo público” en el que se levanta el Centro Deportivo “La Fundición”. En consecuencia, dicho patio trasero está calificado erróneamente de equipamiento público, motivo por el cual la sociedad mercantil propietaria del inmueble ha solicitado la subsanación de esta falta, ante la imposibilidad de obtener licencia de obras para la rehabilitación del inmueble.
El Consejo de Gobierno de la Gerencia de Urbanismo ha tomado, asimismo, conocimiento de la entrega de la posesión al concesionario del inmueble sito en Plaza de la Encarnación nº 24, en cumplimiento del contrato de concesión de obra pública de renovación de la Plaza de la Encarnación y su entorno (punto nº 25 del orden del día).
El último de los acuerdos adoptados por este órgano de gobierno se refiere a la modificación de las normas de organización y funcionamiento de la Comisión Municipal de Mercado Ambulante en Mercadillos de Sevilla, en orden a que se incorporen como vocales a dicha Comisión los gerentes de la Gerencia de Urbanismo y Lipasam (punto nº 27 del orden del día).
Finalmente, se ha aprobado un punto por el procedimiento de Urgencia, referente al pago de 46.700,72 € a la Orden Jerónima del Monasterio de Santa Paula, correspondiente a la cantidad que restaba por abonar en aplicación de un convenio de colaboración suscrito entre la Gerencia de Urbanismo y esta Orden de Religiosas en 2012. El objeto de dicho Acuerdo era ayudar económicamente a esta Orden a realizar obras de nuevas dependencias y adecuación del jardín del noviciado en el Convento de Santa Paula. Una vez certificado la finalización de las obras, Urbanismo abonará la parte de la subvención que aún quedaba pendiente de pago, del total de 350.000 € en que ha consistido dicha ayuda.
En este marco normativo, la Gerencia de Urbanismo ha redactado la Modificación Puntual 05 del Texto Refundido del PGOU, cuyo objeto es aumentar la densidad de viviendas en el ARI-DBP-03 (Avda. al Palmera), de 100 viviendas/hectáreas a 120 viviendas/hectáreas, sin que ello suponga aumento de la edificabilidad ni del aprovechamiento urbanístico.
Tras la aprobación inicial de esta modificación puntual y durante el trámite de audiencia, se formularon alegaciones por la Asociación de Vecinos Guadaira y por la Empresa Municipal de la Vivienda de Sevilla, si bien ninguna de ellas afectaba directamente a la Modificación Puntual del Plan General que se tramita, por lo que la misma fue aprobada de manera provisional por el Pleno Municipal del pasado mes de octubre.
Informado el documento favorablemente por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, procede en este momento la aprobación definitiva del mismo por el Ayuntamiento Pleno.
Conforme al mismo marco normativo que ha propiciado la Modificación Puntual 05 anteriormente explicada, la entidad Inmobiliaria del Sur, S.A. ha solicitado a la Gerencia de Urbanismo la tramitación de la Modificación Puntual 09 del Texto Refundido del PGOU, al objeto de aumentar la densidad de viviendas en el ARI-DCA-01 “Fábrica de Contadores”, de 90,40 viviendas por hectárea, como indica la ficha de planeamiento del Plan General, a 105,18 viviendas por hectárea, pasando de 158 a 176 viviendas en el sector, 80 de las cuales son de protección oficial.
Informado favorablemente por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio el documento que resultó aprobado provisionalmente, el Consejo de la Gerencia propone en este momento al Pleno del Ayuntamiento la aprobación definitiva de esta Modificación Puntual.
Entre los asuntos que tienen que ver con el Planeamiento Urbanístico, se ha acordado también la aprobación definitiva de una Modificación del Plan Especial de Protección del Sector 24 “El Porvenir” que afecta a la parcela sita en C/ Isabela 1,3 (punto nº 16 del orden del día). Se trata de una modificación tramitada con objeto de adaptar el planeamiento a la realidad del edificio existente en esta parcela, ocupado por la entidad Estudios Universitarios y Superiores de Andalucía (EUSA). En aplicación del vigente Plan General, a dicha parcela le corresponde una edificabilidad total superior a la establecida en el Plan Especial de Protección que le es de afección –aprobado con anterioridad al actual Plan General-.
Por tanto, la modificación del Plan Especial, elaborada por la Gerencia de Urbanismo a instancias de la Cámara de Comercio, consiste, básicamente, en establecer la ocupación permitida de la superficie de la parcela en un 60% frente al 25 % de ocupación que le asigna dicho Planeamiento de desarrollo. En consecuencia, se pretende permitir de forma regulada la ampliación de las instalaciones en el espacio libre de parcela, para el adecuado desarrollo de la actividad que está previsto realizar en la misma.
El último de los acuerdos destacado de los adoptados en materia de Planeamiento, hace relación a la corrección de un error detectado en el Plan General de Ordenación Urbanística, en las determinaciones relativas a la finca sita en calle Lumbreras nº 16, en relación con la finca colindante que ocupa el Centro Deportivo “La Fundición” (punto nº 17 del orden del día).
La errata consiste en que el patio trasero de la edificación sita en el nº 16 de la calle Lumbreras está incluido en el ámbito de las edificaciones colindantes con este patio, una de las cuales es el solar calificado de “deportivo público” en el que se levanta el Centro Deportivo “La Fundición”. En consecuencia, dicho patio trasero está calificado erróneamente de equipamiento público, motivo por el cual la sociedad mercantil propietaria del inmueble ha solicitado la subsanación de esta falta, ante la imposibilidad de obtener licencia de obras para la rehabilitación del inmueble.
El Consejo de Gobierno de la Gerencia de Urbanismo ha tomado, asimismo, conocimiento de la entrega de la posesión al concesionario del inmueble sito en Plaza de la Encarnación nº 24, en cumplimiento del contrato de concesión de obra pública de renovación de la Plaza de la Encarnación y su entorno (punto nº 25 del orden del día).
El último de los acuerdos adoptados por este órgano de gobierno se refiere a la modificación de las normas de organización y funcionamiento de la Comisión Municipal de Mercado Ambulante en Mercadillos de Sevilla, en orden a que se incorporen como vocales a dicha Comisión los gerentes de la Gerencia de Urbanismo y Lipasam (punto nº 27 del orden del día).
Finalmente, se ha aprobado un punto por el procedimiento de Urgencia, referente al pago de 46.700,72 € a la Orden Jerónima del Monasterio de Santa Paula, correspondiente a la cantidad que restaba por abonar en aplicación de un convenio de colaboración suscrito entre la Gerencia de Urbanismo y esta Orden de Religiosas en 2012. El objeto de dicho Acuerdo era ayudar económicamente a esta Orden a realizar obras de nuevas dependencias y adecuación del jardín del noviciado en el Convento de Santa Paula. Una vez certificado la finalización de las obras, Urbanismo abonará la parte de la subvención que aún quedaba pendiente de pago, del total de 350.000 € en que ha consistido dicha ayuda.
No hay comentarios:
Publicar un comentario